DIFERENCIA ENTRE CONTRATO LEY Y CONTRATO COLECTIVO
CONTRATO LEY
Es el convenio celebrado entre uno o varios
sindicatos de trabajadores y uno o varios
patrones, o uno o varios sindicatos de patrones,
con objetode establecer las condiciones según
las cuales debe prestarse el trabajo en una o
más empresas o establecimientos.
Es el convenio celebrado entre uno o varios
sindicatos de trabajadores y variospatrones, o
uno o varios sindicatos de patrones, con objeto
de establecer las condiciones según las cuales
debe prestarse el trabajo en un rama
determinada de la industria,
El contratocolectivo de trabajo deberá
celebrarse por escrito, bajo pena de nulidad. Se
hará por triplicado, entregándose un ejemplar a
cada una de las partes y se depositará el otro
tanto en la Junta deConciliación y Arbitraje o en
la Junta Federal o Local de Conciliación, la que
después de anotar la fecha y hora de
presentación del documento lo remitirá a la Junta
Federal o Local de Conciliación yArbitraje.
La solicitud se presentará a la Secretaría del
Trabajo y Previsión Social, si se refiere a dos o
más Entidades Federativas o a industrias de
jurisdicción federal, o al Gobernador del Estadoo Territorio o al Jefe de Gobierno del Distrito
Federal, si se trata de industrias de jurisdicción
local.
La duración o la exresion de ser por tiempo Su duración no podrá ecxeder de dos añosindeterminado o para obra determinada
Las Juntas de Conciliación y Arbitraje harán
publica para cualquier consulta, la información
de contratos colectivos de trabajo que se
encuentre depositados antelas mismas.
Aprobado el convenio , el Presidente de la
República o el Gobernador del Estado lo
publicaran en el Diario Oficial de la Federación o
en el periódico oficial de la EntidadFederativa.
La solicitud de Revisión deberá hacerse, por lo La solicitud e Revisión deberá hacerse, noventa
menos sesenta días antes de cumplir el año
días antes del vencimiento del contrato ley
el...
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