Diligencias fiscales en el proceso penal salvadoreño
Informar de sus derechos a la víctima del delito.... Art. 106 nº2 CPP.
Acceso a la justicia.
Art. 11.- El Estado garantizará el acceso de la víctima del delito a la administración de justicia, quien tendrá derecho a intervenir en el procedimiento en los términosestablecidos en este Código.
Responsabilidad civil.
Art. 21. La aplicación del criterio de oportunidad no afectará lo relativo a la responsabilidad civil.
Suspensión condicional del procedimiento
Art. 24.- “…..el juez podrá disponer la suspensión condicional del procedimiento siempre que se hayan reparado los daños causados por el delito o asumidoformalmente la obligación de repararlos incluso mediante acuerdo con la víctima…”
Conversión
Art. 29.- Las acciones públicas serán transformadas en acciones privadas a petición de la víctima en los casos siguientes:
1) Cuando el fiscal decida archivar la investigación, en el supuesto en que estando individualizado el presunto responsable no existan suficientes elementosde prueba para acusarlo;
2) Cuando se trate de un delito que requiera instancia particular;
3) En cualquier delito relativo al patrimonio, salvo en los casos de robo, robo agravado, extorsión. En este caso, si en un mismo hecho hay pluralidad de víctimas será necesario el consentimiento de todas ellas, aunque sólo una asuma la persecución penal.
El fiscal resolverásobre la petición de la víctima en un plazo de cinco días hábiles, de no resolverse en tiempo podrá acudir ante el juez competente para que declare la conversión.
Resuelta la conversión, la acción penal caducará si dentro del plazo de tres meses no se presenta la acusación. La regla anterior es aplicable a los casos de conversión como efecto de la aplicación de un criterio deoportunidad.
Extinción por mediación y conciliación
Art. 38.- La mediación o conciliación entre el imputado y la víctima extinguirá la acción penal
Víctima
Art. 105.- Se considerará víctima:
Al directamente ofendido por el delito;
1) Al cónyuge, al compañero de vida o conviviente, a los parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, al hijo opadre adoptivo y al heredero testamentario, en los delitos cuyo resultado sea la muerte del ofendido;
2) A los socios, respecto a los delitos que afecten a una sociedad, cometidos por quienes la dirigen, administren o controlen, o sus gerentes, o por quienes dirijan o administren una sociedad controlada, controlante o vinculada; y,
3) A las asociaciones, en aquellos delitos que afecten interesescolectivos o difusos, siempre que el objeto de la asociación se vincule directamente con esos intereses.
Derechos de la víctima
Art. 106.- La víctima tendrá derecho:
A intervenir y tener conocimiento de todas las actuaciones ante la policía, la fiscalía, cualquier juez o tribunal y conocer el resultado de las mismas;
1) A ser informada de sus derechos, y a ser asistida por unabogado de la fiscalía cuando fuere procedente o por su apoderado especial.
2) A que se le nombre intérprete o persona que sea capaz de explicar sus expresiones cuando sea necesario;
3) A ser oída previamente ante cualquier solicitud favorable al imputado, salvo los casos en que habiéndose citado no comparezca a la audiencia;
4) A impugnar las resoluciones favorables alimputado aunque no haya intervenido en el procedimiento;
5) A ser escuchada en la fase ejecutiva de la pena antes de conceder permiso de salida de los condenados, libertad condicional o la suspensión condicional de la ejecución de la pena;
6) A ser notificada del abandono o desistimiento de la querella o de la acusación o de cualquier otra decisión que implique la no...
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