discrecionalidad administrativa
El objeto del presente ensayo consiste en reflexionar los tres enfoques que a nivel jurisprudencial se han planteado acerca de los diferentes conceptos de discrecionalidad administrativa, identificando cada uno de ellos en las Sentencias del Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, de fecha 30 de noviembre de 2006, Consejero Ponente: AlierEduardo Hernández Enríquez Radicación 11001032600019950307401 Expediente 13064 y en la Sentencia del Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, de septiembre veintiuno (21) de mil novecientos noventa y dos (1992); Consejero Ponente: Reynaldo Arciniegas Baedecker; Referencia: Expediente No. 1009, contrastando las dos posiciones adoptadas por el Consejo de Estadoen ambos pronunciamientos.
Finalmente y en lo que respecta a esta última sentencia conceptualizar cómo debería el Juez Administrativo valorar la noción de discrecionalidad en ese y en cualquier otro caso de esa misma naturaleza.
En el primero de los proveídos mencionados en el párrafo cuyas partes son el Ministerio de Transporte- Instituto Nacional de Vías (Invias) – demandado- y JorgeEduardo Chemas Jaramillo –demandante-; los hechos de la demanda se originan en la suscripción del contrato de concesión numero 445 de 1994 entre el Instituto Nacional de Vías y la sociedad denominada “Concesión Santa Marta Paraguachon S.A”, que tenía por objeto realizar a través del sistema de concesión los estudios, diseños definitivos, obras de rehabilitación, de construcción, la operación y elmantenimiento de diferentes sectores del departamento del Magdalena y La Guajira. Dicho contrato señaló dentro de sus cláusulas las tarifas de los peajes con los cuales iban a ser financiados los costos de operación, de mantenimiento, la forma como, en caso de ruptura del equilibrio financiero del contrato, éste se preservaría; igualmente señaló un volumen mínimo de tránsito garantizado alconcesionario y que en caso que el ingreso por peaje fuese menor al pactado, Invias compensaría la diferencia al Concesionario, como efectivamente ocurrió en la medida en que el flujo vehicular fue inferior al inicialmente establecido. Posteriormente, el Ministerio de Transporte en aras, de restablecer dicho equilibrio financiero contractual, expide la Resolución 7358 del 26 de octubre de 1995 con la cualse modifica la base de la tarifa inicialmente pactada, aumentando el valor en mas de un 30% (limite máximo de reajuste señalado); así mismo aduciendo razones de tipo social, expide la Resolución 452 del 29 de enero de 1996 por medio de la cual reubica dos casetas de los peajes que se encuentran en los departamentos arriba citados.
Como quiera que en el caso en estudio la Administración, en usode sus facultades discrecionales expidiera las resoluciones atacadas a través de la Acción Publica de Nulidad, procederemos a reseñar las diferentes concepciones traídas a colación en esta sentencia. En este orden de ideas, encontramos tres conceptos de discrecionalidad administrativa, la denominada material o positiva, formal o negativa y la mixta. La primera de ellas, hace referencia a la...
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