doftware libre
El Ejecutivo Nacional de la República Bolivariana de Venezuela establece, a través del decreto 3.390, publicado en Gaceta oficial Nº 38.095, de fecha 28 de diciembre de 2004, que laAdministración Publica Nacional empleara prioritariamente Software Libre desarrollado con Estandares Abiertos, en sus sistemas, proyectos y servicios informáticos.
El Decreto 3.390 esta estructurado,en lineas generales, de la siguiente forma:
Uso prioritario del Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos en la Administración Publica Nacional (Art. 1).
Distribución de Software Libredesarrollado con Estándares Abiertos para el Estado Venezolano. (Art .2).
Solicitud de autorización para la adopción de otro tipo de soluciones en los casos que no se pueda desarrollar o adquiriraplicaciones en software libre bajo estándares abiertos (Art. 3)
Capacitación de Funcionarios Publico (Art. 4)
Investigación y Desarrollo de Software Libre (Art. 5)
Desarrollo de la Industria Nacionalde Software (Art. 6)
Uso de Software Libre en la sociedad, capacitación e instrucción de los usuarios (Art. 8)
Políticas de inclusión del software libre en la Educación Básica y Diversificada. (Art.10)
Planes y Programa para la ejecución del Decreto (Art. 11)
Planes de Implantación progresiva del Software Libre de los Órganos y Entes de la Administración Publica Nacional (Art. 12)
Entre losprogramas y proyectos diseñados para la operacionalización del Decreto 3.390, se destacan:
Plan Nacional de Migración a Software Libre
Academia de Software Libre
Laboratorio de Software LibrePromoción y Divulgación
Es, entonces, que en cumplimiento con el articulo 4 del Decreto 3.390, el Ministerio del Poder Popular para Ciencia, tecnología e Industrias Intermedias, crea el ProgramaCientífico Tecnológico de Investigación denominado "Academia de Software Libre (ASL)", mediante resolución Nº 237 de fecha 04-11-2004, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela...
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