Economia
CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO,LOS TRABAJADORES Y LAS TRABAJADORAS.
Título I: Normas y Principios Constitucionales
Capítulo IV
De la Protección al Trabajador y la Trabajadora
Libertad de trabajo
Artículo 30. Toda persona es libre para dedicarse al ejercicio de cualquier actividad laboral sin más limitaciones que las previstas en la Constitución y las que establezcan las leyes.
Ninguna persona podrá impedirle el ejerciciodel derecho al trabajo a otra, ni obligarla a trabajar contra su voluntad.
Título III: De la Justa Distribución de la Riqueza y las Condiciones de Trabajo
Capítulo I
Del Salario
Derecho al salario
Artículo 98. Todo trabajador o trabajadora tiene derecho a un salario suficiente que le permita vivir con dignidad y cubrir para sí y su familia las necesidades materiales, sociales eintelectuales. El salario goza de la protección especial del Estado y constituye un crédito laboral de exigibilidad inmediata. Toda mora en su pago genera intereses.
Título III: De la Justa Distribución de la Riqueza y las Condiciones de Trabajo
Capítulo V
Condiciones Dignas de Trabajo
Condiciones de trabajo convenidas
Artículo 157. Los trabajadores, las trabajadoras, los patronos y las patronaspodrán convenir libremente las condiciones en que deba prestarse el trabajo, sin que puedan establecerse entre trabajadores o trabajadoras que ejecuten igual labor diferencias no previstas por la Ley. En ningún caso las convenciones colectivas ni los contratos individuales podrán establecer condiciones inferiores a las fijadas por esta Ley.
Título III: De la Justa Distribución de la Riqueza y lasCondiciones de Trabajo
Capítulo V
Condiciones Dignas de Trabajo
Acoso laboral
Artículo 164. Se prohíbe el acoso laboral en los centros de trabajo públicos o privados, entendiéndose como tal el hostigamiento o conducta abusiva ejercida en forma recurrente o continuada por el patrono o la patrona o sus representantes; o un trabajador o una trabajadora; o un grupo de trabajadores o trabajadoras,que atente contra la dignidad o la integridad biopsicosocial de un trabajador, una trabajadora o un grupo de trabajadores y trabajadoras, perturbando el ejercicio de sus labores y poniendo en peligro su trabajo o degradando las condiciones de ambiente laboral.
Esta conducta será sancionada conforme las previsiones establecidas en la presente Ley, su Reglamento y demás que rigen la materia.Título III: De la Justa Distribución de la Riqueza y las Condiciones de Trabajo
Capítulo V
Condiciones Dignas de Trabajo
Acoso sexual
Artículo 165. Se prohíbe el acoso sexual en todos los centros de trabajo. Entendiéndose como tal el hostigamiento o conducta no deseada y no solicitada de naturaleza sexual, ejercida de forma aislada o mediante una serie de incidentes, por el patrono o la patronao sus representantes, contra el trabajador o la trabajadora con el objeto de afectar su estabilidad laboral o de dar, mantener o quitar algún beneficio derivado de la relación de trabajo.
Esta conducta será sancionada conforme a las previsiones establecidas en la presente Ley, su Reglamento y demás que rigen la materia.
TÍTULO I
NORMAS Y PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES
Capítulo II
PrincipiosRectores
Principio de no discriminación en el trabajo
Artículo 21. Son contrarias a los principios de esta Ley las prácticas de discriminación. Se prohíbe toda distinción, exclusión, preferencia o restricción en el acceso y en las condiciones de trabajo, basadas en razones de raza, sexo, edad, estado civil, sindicalización, religión, opiniones políticas, nacionalidad, orientación sexual,...
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