El aborto
Artículo 87°: A c u m u l a c i ó n
Antes: • Oportunidad para acumular pretensiones accesorias Ahora:
procesal.
S e realizaba hasta
el día de la audiencia de conciliación.
Adrián Simons Pino
S e realiza hasta
antes del saneamiento
Artículo 301°: T r a m i t a c i ó n de l a s c u e s ti o n e s probatorias
Artículo 308°:
A n t o s : I a actuación probatoria s e efectuaba en la audiencia de conciliación 0 do fijación de punios controvertidos.
Antes: Se podía formular recusación hasta cinco días anteriores a la audiencia de conciliación judicial.
Momento de la actuación Probatoria que sustenta el Incidente probatorio
Oportunidad de la recusación
: Ahora: Sepuede formular recusación antes del saneamiento procesal. Hay que precisar que NO se regula plazo específico
A h o r a : l a actuación probatoria se ctectúa en la audiencia de pruebas
r
.... , .
Artículo 309:
Artículo 324°:
Antes: Solo procedía
A n t e s : L a conciliación s e e f e c t u a b a ante el J u e z del p r o c e s o .
•
I m p r o c e d e n c i a de la recusaciónrecusación en los procesos en los que existía audiencia de conciliación Ahora: 1:1 supuesto anlos indicado na sido eliminado 1 a recusación st: formula antes del saneamiento
Formalidad de la Conciliación
A h o r a : Y a no e x i s t e conciliación j u d i c i a l , ni o b l i g a c i ó n del J u e z p a r a realizarla. L a c o n c i l i a c i ó n e x t r a j u d i c i a l s e realiza a nt e un C e n t r o de C o n c i l i a c i ó n . Nota: L a única e x c e p c i ó n e s que a m b a s partes la s o l i c i t e n , e n c u y o c a s o el J u e z p u e d e c o n v o c a r l a s a una a u d i e n c i a e s p e c i a l de c o n c i l i a c i ó n .
Artículo 327°:
Artículo 445°:
A n t e s : 1 1 Juez efectuaba la propuesta conciliatoria, la m i s m a que podía ser aceptada porlas
A n t e s : No existia requisito referido a la conciliación.
Reconvención
A h o r a : S e han establecido nuevos requisitos para poder reconvenir: a) Haber asistido a la Audiencia de Conciliación y; b) Haber planteado la controversia en el Acta de Conciliación.
• Conciliación y proceso
parles A h o r a : S e presenta la conciliación extrajudicial al juez del proceso abierto:S¡.:.
:
Continuación ...
Grave error;
Consideramos que el articulo antes indicado impone barreras de acceso a la I utela Jurisdiccional Electiva y, afecta el derecho al "recurso" efectivo.1, 2 Ejemplo: Si el demandante NO asiste a la Audiencia de Conciliación extrajudicial, riada le Impide luego presentar válidamente su demanda y lorrnular s u s pretensiones. En cambio, si el demandado noasiste a la audiencia de conciliación exiraiudicial o si asistió, pero, no expuso O consignó su controversia con el demandante, NO puede reconvenir. Nota: Lo antes indicado recorta el derecho de acción del demandado, cuando éste ejerza dicho derecho a través de la reconvención restringida o contrademanda; tai derecho es conocido como "la demanda del demandado". Además de evidenciar un tratamientodesigual entre las partes del proceso. i Constitución Polillo del P»u Articulo i Ju mino )i j 3 .IOÍCI - .IIIC.I ai' aromo prncru y la Mala iurlttJKcmnal. (Ll resanada y tuOtayaaa es nuesuo) parlona Baña áeracho a unrecursosencitiu y lupino o a íuaiquier olio ¡ocurso erccilvoanie Josjueces o tribunales compattntti o;u» la jmone I U Í J I M . I„( , wt" ,¡,i « K C N M ( U M M W W I M I P I O H O I™ por
Artículo 4 6 8 ° :
Se ha eliminado la Audiencia de Conciliación Judicial. L o s artículos 326°, 329° 425, inciso 7, 469, 470, 471, 472, 478, inciso 9 del Código Procesal Civil han quedado derogados.
• Ahora se ha establecido: (i) Auto de saneamiento procesal. (ii) Dentro del tercer día, las partes pueden proponer por escrito los puntos controvertidos. (iii) Auto de fijación de...
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