El régimen municipal en el uruguay. relación entre el intendente y las autoridades locales: ¿descentralización o jerarquía?

Páginas: 19 (4510 palabras) Publicado: 20 de noviembre de 2011
EL RÉGIMEN MUNICIPAL EN EL URUGUAY

RELACIÓN ENTRE EL INTENDENTE Y LA AUTORIDADES LOCALES:

¿DESCENTRALIZACIÒN O JERARQUÍA?[1]

Prof. Adj. Dr. Álvaro Richino.

La creación del tercer nivel de Gobierno y de Administración. El nuevo régimen jurídico de las autoridades locales se establece formalmente con la sanción de la Ley Nº 18.567 de 13 de setiembre de 2009. Es la primera de las cuatroleyes que, hasta ahora, se han sancionado para regular los aspectos orgánicos y funcionales del régimen municipal que ha entrado en vigencia a partir del día 8 de julio de este año 2010. El artículo 1º de la citada ley establece textualmente: “De acuerdo con lo previsto por los artículos 262, 287 y disposición transitoria Y) de la Constitución de la República, habrá una autoridad local que sedenominará Municipio, configurando un tercer nivel de Gobierno y de Administración”.

Los antecedentes inmediatos, entonces, del régimen actual se encuentran en el tercer inciso del artículo 262, y en el primer inciso del artículo 287 de la Constitución de la República, incluidos en ésta con la reforma constitucional aprobada el 8 de diciembre de 1996:

“La ley establecerá la materia departamentaly la municipal, de modo de delimitar los cometidos respectivos de las autoridades departamentales y locales, así como los poderes jurídicos de sus órganos, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 273 y 275.”

“El número de miembros de las autoridades locales, que podrán ser unipersonales o pluripersonales, su forma de integración en este último caso, así como las calidades exigidas paraser titular de las mismas, serán establecidos por la ley.”

La referencia a los artículos 273 y 275 de la Constitución debe entenderse referida a las potestades jurídicas de las Juntas Departamentales y de los Intendentes, respectivamente, establecidas en aquellos artículos, las que por ser de asignación constitucional no pueden ser atribuidas por la Ley a otros órganos.

Finalmente, laDisposición Transitoria y Especial Y) rigió la integración y funcionamiento de las autoridades locales desde la entrada en vigencia de la reforma de 1996, hasta la aplicación de la Ley Nº 18.567 y sus modificativas y ampliatorias, las Leyes Nº 18.653 de 15 de marzo de 2010, Nº 18.659 de 26 de abril de 2010, y Nº 18.665 de 7 de julio de 2010. Precisamente, la entrada en vigencia de la Ley Nº 18.567 hizocesar la vigencia transitoria de aquella Disposición.

No es, por cierto, la primera vez que los textos constitucionales y legales prevén la existencia en nuestro país de otros órganos o “autoridades” fuera de los titulares de la autoridad política, ejecutiva y administrativa (llámesele Jefe Político, Intendente, o Concejo de Administración, o Concejo Departamental), o deliberante o legislativa(caso de las Juntas Económico-Administrativas, las Asambleas Deliberantes o las Juntas Departamentales).

El artículo 118 de la Constitución de 1830 previó la figura de los Tenientes, en los demás “pueblos subalternos” del Departamento, es decir, que no fuesen el “pueblo cabeza” del mismo, sujetos al Jefe Político. Mención aparte, por su carácter inconstitucional y su efímera duración(1867-1868) fueron las Comisiones Auxiliares creadas en cada “distrito-partido” de los Departamentos, donde hubiera un pueblo o villa, durante el gobierno de facto del Gobernador Provisorio Gral. Venancio Flores.

En el artículo 130 de la Constitución de 1918 se previó que en cada Departamento hubiese “uno o más Concejos de Administración autónomos”, los que, a su vez, en el artículo 137, eran aludidoscon la referencia genérica a las “autoridades locales”. Fue esa la primera vez que la expresión apareció en la normativa nacional sobre el régimen departamental y local. Sin embargo, la Ley Nº 7.072 de 23 de diciembre de 1919 (Ley Orgánica de los Gobiernos Locales) identificó la localidad con el Departamento en su conjunto, por lo que se desvaneció la posibilidad de tener un régimen propiamente de...
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