Eleterno resplandor de una mente sin recurdos
Enfermeria Servicio de Urgencias Sanatorio De Los Arcos
Sistema de atención prehospitalariaSegún la ley de gestion de emergencias medicas del gobierno de la ciudad de Aires.
Artículo 1° - Objeto. El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, mediante los
subsectores de salud definidos en laLey N° 153, garantiza a todos los habitantes de la
ciudad la prestación de servicios de salud en situaciones de urgencia y/o emergencia
extrahospitalarias o prehospitalarias entendida como unservicio operacional y de
coordinación para los problemas médicos urgentes y que comprende todos los
sistemas de atención médica y transporte que se presta a enfermos o accidentados
fuera del hospital yque constituye una instancia previa al tratamiento de urgencias
hospitalarias.-
Artículo 2° - Principios. Las prestadoras de servicios de emergencias médicas de los
subsectores de salud se rigenpor los siguientes principios:
1. Principio de diligencia, celeridad, proporcionalidad, universalidad, integralidad y
equidad con cuya observancia se pretende una más segura, eficaz y rápidaactuación,
mediante la implementación de medidas racionales, el cumplimiento de los deberes de
los ciudadanos y el respeto de sus derechos y necesidad.-
2. Principio de colaboración, capacidad deintegración recíproca y lealtad institucional,
para obtener el máximo rendimiento de los servicios y cooperación entre los
subsectores que intervengan o puedan intervenir en una emergencia y/o urgenciaextrahospitalaria.-
3. Principio de continuidad, planificación y coordinación, garantizando la capacitación
y respeto de los derechos del personal del sistema de emergencias médicas y de los
ciudadanos.-Artículo 3° - Glosario. A los efectos de esta ley se entiende por:
Atención prehospitalaria: sistema integrado de servicios médicos de urgencias y no
un simple servicio de traslado de...
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