Ensayo sobre la vida
2.- En la determinación del horario de movilización, se tendrá en cuenta, de maneraespecial, la realización de ferias y exposiciones, para que dichos eventos se puedan realizar de acuerdo con los horarios establecidos para los mismos, sin perjuicio de la obligación de preservar laseguridad y protección de las personas y semovientes que se movilicen con destino a aquellos. Siendo procedente aclarar que los horarios de transporte, según el Decreto serán fijados por la autoridadcompetente, entendiéndose que estos pueden estar determinados en los Códigos de Policía Departamentales, o de manera independiente por los Gobernadores o Alcaldes, como responsables del Orden Público en cadajurisdicción.
3.- Los requisitos para la movilización fluvial, marítima o terrestre de ganado en el territorio nacional serán los siguientes: Guía de Transporte Ganadero, Guía Sanitaria deMovilización interna expedida por el Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, y manifiesto de carga expedido únicamente por la empresa de transporte legalmente constituida y registrada, cuando sea del caso.La base de datos del registro único de transporte de ganado bovino y bufalino será administrada por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o por quien éstedesigne para tal efecto y será actualizada diariamente. Esta base de datos contará con una interfase permanente y en Línea al Centro de Información Estratégica Vial - CIEV del Ministerio de Transporte....
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