Escuelas
Se consideran actividades de desarrollo humano y bienestar social, las que realicen las organizaciones civiles constituidas conforme a las leyes mexicanas,cualquiera que sea la forma jurídica que adopten y los entes públicos constituidos conforme a la Constitución Política y la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado, sin fines de lucro,políticos, partidistas y religiosos para:
1. Fomentar condiciones sociales que favorezcan integralmente el desarrollo humano;
2. Prestar servicios de asistencia social;
3. Aportar recursos humanos,materiales o de servicio para la salud integral de la población en el marco de las leyes Federal, y Estatal de Salud;
4. Desarrollar servicios educativos en los términos de las leyes Federal, y deEducación del Estado.
5. Fortalecer y fomentar el goce y ejercicio de los derechos humanos;
6. Proporcionar servicios de apoyo a la creación y el fortalecimiento de las organizaciones civilesmediante:
7. La procuración, obtención y canalización de recursos económicos, humanos y materiales
8. El uso de los medios de comunicación
9. La prestación de asesoría y asistencia técnica, y jurídica, yel fomento a la capacitación;
10. Promover el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, la protección al ambiente, y la preservación y restauración del equilibrio ecológico;
11.Apoyar el ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y el desarrollo urbano de los centros de población;
12. Fomentar la conservación y mejoramiento de las condiciones de convivencia social;13. Promover la educación cívica y la participación ciudadana para beneficio de la población;
14. Impulsar el avance del conocimiento y desarrollo cultural;
15. Promover las bellas artes, lastradiciones populares, la restauración y mantenimiento de monumentos y zonas arqueológicas, artísticos e históricos, así como la preservación del patrimonio cultural conforme a la legislación aplicable;...
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