estudiante
Derecho Constitucional
David Mogrovejo
Tercero “A”
14 de diciembre del 2012
REQUISITOS PARA SER ASESOR DE UN ASAMBLEÍSTA
Para ser asesor con nivel 1 (máximacategoría) es indispensable tener un título profesional y experiencia en temas legislativos; mientras que el asesor 2 es una persona de confianza del legislador y cumple los requerimientos delasambleísta y no requiere título profesional.
Los asistentes administrativos conforman el personal operativo y cumplen con tareas como la recepción de documentos, llevar la agenda del legislador, entreotras.
Las comisiones especializadas tienen un secretario y prosecretario y dos asesores adicionales, quienes deben tener experiencia, desde luego, en los temas referentes a cada comisión.
Marcojurídico
De acuerdo con la Ley Orgánica de la Función Legislativa, el Consejo de Administración Legislativa resuelve la designación del personal asesor y administrativo de las vicepresidencias, vocalías,CAL y comisiones especializadas.
La normativa establece que el personal de libre nombramiento y remoción son: el secretario y prosecretario general, administrador general, directores, asesor jurídico,asesores, secretario, prosecretario y secretario relator de las comisiones especializadas y unidades administrativas.
Los contratos terminan por solicitud del asambleísta o por resolución del CAL.Es necesario precisar que los servidores permanentes y ocasionales de la Asamblea no están sujetos al Código del Trabajo, por lo tanto, no están en condiciones de firmar contratos colectivos.
Cadauno de los 124 legisladores tiene 4 colaboradores: dos asesores y dos asistentes administrativos. El mismo personal tiene cada una de las doce comisiones especializadas y la Comisión de Fiscalizacióny Control Político.
LAS DIFERENCIAS LEGITIMIDAD y LEGALIDAD
Legalidad: La legalidad es la facultad impresa en las leyes, es decir toda conducta abstracta (cualesquiera) y regulada por la...
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