Firmeza de declaraciones de iva y retención con renta cobijada por beneficio de auditoría
Con el art 69 de la Ley 863 de 2003 se derogó el inciso segundo del art 689-1 del E T, lo que daría a pensar que con ello seeliminaría la firmeza en las declaraciones de IVA y retención en la fuente en el mismo término de las declaraciones de renta que tuvieren beneficio de auditoría.
Es importante entonces tener presente quesegún el art 705-1 de E T que dice ¨ TERMINO PARA NOTIFICAR EL REQUERIMIENTO EN VENTAS Y RETENCIÓN EN LA FUENTE. Los términos para notificar el requerimiento especial y para que queden en firme lasdeclaraciones del impuesto sobre las ventas y de retención en la fuente, del contribuyente, a que se refieren los artículos 705 y 714 del Estatuto Tributario, serán los mismos que correspondan a sudeclaración de renta respecto de aquellos períodos que coincidan con el correspondiente año gravable¨ el cual está aún vigente, es claro respecto de que la firmeza de las declaraciones de IVA y retención enla fuente es la misma de la declaración de renta, independientemente de que esta tenga o no beneficio de auditoría.
Según el concepto de la DIAN sobre el tema, manifiesta que al operar el beneficiode auditoría exclusivamente para la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios, la firmeza para las declaraciones del impuesto a las ventas y retención en la fuente, opera conforme...
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