Formato demanda
Artículo 1363.- Las tercerías son coadyuvantes o excluyentes. Es coadyuvante la tercería que auxilia la pretensión del demandante o la del demandado. Las demás se llaman excluyentes.Artículo 1367.- Las tercerías excluyentes son de dominio o de preferencia: en el primer caso deben fundarse en el dominio que sobre los bienes en cuestión o sobre la acción que se ejercita alegael tercero, y en el segundo, en el mejor derecho que éste deduzca para ser pagado.
Artículo 1368.- Las tercerías excluyentes no suspenderán el curso del negocio en que se interponen; seventilarán por cuerda separada, conforme a los artículos siguientes, oyendo al demandante y al demandado en traslado por tres días a cada uno.
Artículo 1370.- El opositor deberá fundar su oposiciónprecisamente en prueba documental. Sin este requisito se desechará desde luego y sin más trámite.
Artículo 1371.- Evacuando el traslado de que trata el art. 1368, el juez decidirá si hay méritospara estimar necesaria la tercería, y en caso afirmativo, a petición de cualquiera de las partes, abrirá una dilación probatoria de quince días.
Artículo 1372.- Vencido el término de prueba sepasará al periodo de alegatos por tres días comunes para las partes.
Artículo 1373.- Si la tercería fuere de dominio sobre bienes muebles, el juicio principal en que se interponga seguirá sustrámites y la celebración del remate únicamente podrá ser suspendida cuando el opositor exhiba título suficiente, a juicio del juez, que acredite su dominio sobre el bien en cuestión, o su derechorespecto de la acción que se ejercita. Tratándose de inmuebles, el remate sólo se suspenderá si el tercero exhibe escritura pública o instrumento equivalente, inscritos en el Registro Público...
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