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Del Sistema Presupuestario y Contable
Artículo 230. °
El presupuesto municipal es un instrumento estratégico de planificación,
administración y de gobierno local, que exige captar y asignar recursos
conducentes al cumplimiento de las metas de desarrollo económico, social e
institucional del Municipio, y será ejecutado con base en los principios de
eficiencia, solvencia,transparencia, responsabilidad y equilibrio fiscal.
Artículo 231. °
Los municipios están obligados a normar su acción administrativa y de
gobierno por un presupuesto aprobado anualmente por el respectivo Concejo
Municipal, el cual se publicará en una ordenanza que se denominará
ordenanza de presupuesto anual de ingresos y gastos.
Artículo 232. °
El proceso presupuestario de los municipios seregirá por esta Ley, las
ordenanzas municipales, por las leyes aplicables a la materia y se ajustará, en
cuanto sea posible, a las disposiciones técnicas que establezca la Oficina
Nacional de Presupuesto.
Artículo 233. °
De los ingresos previstos en el presupuesto municipal se destinará como
mínimo, el cincuenta por ciento (50%) para ser aplicado a gastos de inversión o
de formación de capital,entendiendo como gasto de inversión aquellos a los
que le atribuye tal carácter la Oficina Nacional de Presupuesto y, dando
preferencia a las áreas de salud, educación, saneamiento ambiental y a los
proyectos de inversión productiva que promuevan el desarrollo sustentable del
Municipio.
Artículo 234. °
El presupuesto de inversión está dirigido al desarrollo humano, social, cultural yeconómico del Municipio, y se elaborará de acuerdo con las necesidades
prioritarias presentadas por las comunidades organizadas, en concordancia
con lo estimado por el alcalde o alcaldesa en el presupuesto destinado al
referido sector y con los proyectos generales sobre urbanismo, infraestructura,
servicios y vialidad.
A estos fines, regirá el procedimiento siguiente:
En el mes de julio de cada añoel alcalde o alcaldesa entregará al Consejo
Local de Planificación Pública la cifra o monto total de inversión de cada sector,
incluyendo los detalles a que haya lugar. Entre los meses de agosto y octubre
se activará el presupuesto participativo de conformidad con lo establecido en la
presente Ley.
Artículo 235. °
El proyecto de ordenanza de presupuesto de ingresos y gastos del Municipiojunto con el Plan Operativo Anual deberá ser presentado por el alcalde o
alcaldesa al Concejo Municipal, antes del 1º de noviembre del año anterior a su
vigencia.
Artículo 236. °
El proyecto de ordenanza de ingresos y gastos del ejercicio económico
financiero y el Plan Operativo Anual debe ser sancionado por el Concejo
Municipal, antes del 15 de diciembre del año anterior a la vigencia dedicho
presupuesto; en caso contrario, se reconducirá el presupuesto del ejercicio
anterior. Para la reconducción del presupuesto se observarán, en cuanto sean
aplicables, las disposiciones legales sobre la materia.
Artículo 237. °
En caso de ser reconducido el presupuesto, el alcalde o alcaldesa ordenará la
publicación en la Gaceta Municipal, incluyendo los ajustes a que hubiere lugar.
Duranteel período de vigencia del presupuesto reconducido regirán las
disposiciones generales de la ordenanza de presupuesto anterior, en cuanto
sean aplicables.
Artículo 238. °
Si para el 31 de marzo, el Concejo Municipal no hubiese sancionado la
ordenanza de presupuesto de ingresos y gastos, el presupuesto reconducido
se considerará definitivamente vigente hasta el 31 de diciembre.
Artículo 239.°
El alcalde o la alcaldesa, dentro del lapso previsto posterior al vencimiento del
ejercicio anual, presentará la rendición de cuentas y el balance de la ejecución
presupuestaria correspondiente a dicho ejercicio.
Artículo 240. °
El presupuesto de Ingresos, contendrá la enumeración de los diversos ingresos
fiscales cuya recaudación se autorice, con la estimación prudencial de las...
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