Hola
Igualmente, están obligadas a llevar contabilidad, las personas naturales y las sucesiones indivisas que realicen actividades empresarialesy que operen con un capital propio que al inicio de sus actividades económicas o al 1o. de enero de cada ejercicio impositivo hayan superado los USD 60.000 o cuyos ingresos brutos anuales de esasactividades, del ejercicio fiscal inmediato anterior, hayan sido superiores a USD 100.000 o cuyos costos y gastos anuales, imputables a la actividad empresarial, del ejercicio fiscal inmediato anteriorhayan sido superiores a USD 80.000. Se entiende como capital propio, la totalidad de los activos menos pasivos que posea el contribuyente, relacionados con la generación de la renta gravada.
Art 18notras de venta.
13. Número de las guías de remisión, cuando corresponda.
En los casos excepcionales en los cuales el emisor entregue facturas a consumidores finales por no contar con notas deventa, deberá consignar la leyenda "CONSUMIDOR FINAL" en lugar de los apellidos y nombres, denominación o razón
social y del número de RUC o cédula del comprador. No obstante, si el valor de venta fuerasuperior a US$ 200
(doscientos dólares) se deberá consignar el nombre del comprador y el número de RUC o cédula de identidad.
Cada factura debe ser totalizada y cerrada individualmente. En el casode facturas emitidas por sistemas
computarizados autorizados por el Servicio de Rentas Internas, que tuvieran más de una página deberá numerarse
cada una de las páginas que comprende la factura,especificando en cada página el numero de la misma y el total de
páginas que conforman la factura.
6. Depreciaciones de activos fijos.
a) La depreciación de los activos fijos se realizará de...
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