Inpsasel
San Cristóbal, 4 de diciembre de 2009
Integrantes:
Neylmar Aragort V.- 12.784.803
Nelson Castro V.- 12.834.620
Universidad Nacional Experimental “Simón Rodríguez”
ConvenioUNESR – Gobernación
San Cristóbal - Táchira
LEY ORGANICA DE PREVENCION, CONDICIONES Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO
Registro, afiliación y contratación al Régimen Prestacional de Seguridad y Salud enel trabajo.
Deberes de los empleadores
Deben registrase en la Tesorería de Seguridad Social siguiendo con lo establecido en la Ley Orgánica de Sistema de Seguridad Social, al mismo tiempoafiliar a sus empleados dentro de los 3 días hábiles siguientes de su contratación e informar la suspensión y terminación laboral dentro de lo9s 3 días hábiles siguientes.
Financiamiento
- Parala protección en materia de régimen prestacional, los entes que son aplicables a esta Ley deberán cotizar un porcentaje comprendido entre el 0.75 % y 10 % del salario de cada trabajador.
En cuantoa la recreación, descanso y turismo social, se harán por vía fiscal. Sin embargo, los trabajadores pueden acordar otro mecanismo de financiamiento en su convención colectiva de trabajo.Descripción de las acciones para reclamar las prestaciones por accidentes de trabajo o enfermedad ocupacional.
Prescribe a los 5 años contados a partir de la fecha de la certificación del origenocupacional del accidente o la enfermedad, por parte de la Unidad Técnico – Administrativa del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laboral correspondiente.
De la Prescripción de lasacciones para reclamar las indemnizaciones por accidentes de trabajo o enfermedad ocupacional
Prescriben a los 5 años, contados a partir de la fecha de la terminación de la relación laboral, o de lacertificación del origen ocupacional del accidente o de la enfermedad por parte de la Unidad Técnico – Administrativa del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laboral correspondiente....
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