INSTRUCTIVO Nº2
INTRODUCCION:
Elinstructivo Nº2 da a conocer los métodos de valuación y depreciación de los bienes del sector publico, así mismo establece las normas que deben cumplir las entidades publicas e instanciasdescentralizadas para determinar los criterios de valuación de los bienes materiales atribuidos a cada entidad a efectos de ser considerados en la categoría de bienes del activo fijo e infraestructura publica.ASPECTOS IMPORTANTES
Para determinar el valor de un bien material a ser considerado como activo fijo se tendrá en cuenta:
- Al valor de la adquisición según la factura se le adicionara el total delos gastos operativos, tales como fletes, seguros, gastos de despacho, impuestos internos, derechos aduaneros, honorarios técnicos, entre otros.
- Los bienes construidos se registraran según elcosto de adquisición de los bienes de ese tipo, incluyendo el valor de los insumos utilizados en la construcción.
- Cuando los bienes sean adquiridos sin costos estos se registraran según el preciode mercado de los respectivos bienes.
- Los costos de mejoras se deben agregar al mismo.
- El valor mínimo del bien material para ser considerado como activo fijo debe ser de 1/8 de UIT.Los porcentajes anuales de depreciación son los siguientes:
- Edificios e infraestructura pública 3%
- Maquinarias, equipo y otras Unidades para la producción 10%.
- Equipo de transporte 25%
-Muebles y enseres 10%
Una vez que los activos se encuentren 100% depreciados seguirán figurando en libros con su valor residual.
En el sector publico el instructivo contables Nº 2 aprobadomediante R.C Nº 067-97 EF /93.01 de fecha 31.12.97 y modificatorias, señala en el articulo 5.2 que las entidades podrán modificar los porcentajes de depreciación con resolución de la alta dirección,...
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