Juzgamiento de delito de violencia intrafamiliar
Por: Ángel Maza López
Competencia.- En los casos de violencia intrafamiliar, son competentes parajuzgar dichas contravenciones los jueces de la familia, los jueces de contravenciones en materia de violencia intrafamiliar, y los jueces y tribunales de lo penal cuando constituye delito.Demanda.- Puede presentarse en forma verbal o mediante escrito, sea la propia víctima, una autoridad pública, los profesionales de la salud cualquier persona. No se requerirá patrocinio de Abogado, pero de sernecesario el juez le nombrará un defensor público.
Medidas de amparo y citación.- Presentada la demanda o conocido el caso de violencia intrafamiliar, el juzgador dictará las medidas de amparopertinentes previstas en el Art. 13 de la ley de la materia. Y en el mismo auto, dispondrá la citación del demandado, fijando la fecha y hora para la audiencia de conciliación, que tendrá un término no menorde dos días ni mayor de ocho, contados desde la fecha de la citación (Art. 20 Ley contra la Violencia a la Mujer y la familia). Además si al caso lo amerita podrá ordenar la práctica de exámenespericiales y otras diligencias probatorias de la infracción.
La audiencia sólo podrá diferirse previa petición conjunta de ambas partes.
Audiencia.- La audiencia iniciará con la contestación a la demanda,procurando el juez la conciliación entre las partes que de conseguirse se aprobará mediante resolución en la diligencia, pero de ser necesario se dispondrá medidas rehabilitadoras y mantendrá lasmedidas de amparo que se justifiquen.
A falta de conciliación o en rebeldía del demandado, se recibirá la causa a prueba por el término de seis días, despachando los pedidos de las partes y las que eljuez considere pertinentes. Concluido el término de prueba y reunidos los informes periciales, el juez dictará resolución.
Aunque estas resoluciones son de obligatorio cumplimiento, no causan...
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