LECCI N 3
1. CONSIDERACIONES GENERALES
Partes formales, no materiales
Las partes que ocupan la posición activa y pasiva del proceso pueden serlo
no sólo en relación con el objeto penal (partes acusadoras y acusadas), sino
también en el relación con la denominada acción civil ex delicto (actor civil y
responsable civil).
El proceso penal yel poder de actuar de las partes en él se encuentra
supeditado al carácter público, semi-público o privado de los delitos.
-Delitos públicos: su conocimiento provoca el inicio del proceso penal de
oficio.
- Delitos semi-públicos o semi-privados: el proceso se supedita a un
presupuesto de procedibilidad: denuncia del ofendido (o denuncia o
querella del MF cuando el ofendido es incapaz, menor odesvalido).
- Delitos privados: únicamente perseguibles a instancia de parte, previa
interposición de querella.
ÓRGANO JURISDICCIONAL
POSICIÓN ACTIVA
POSICIÓN PASIVA
IMPUTADO/ACUSADO
PARTES ACUSADORAS
Acusador particular
MINISTERIO FISCAL
Acusador popular
Acusador privado
ACTOR CIVIL
RESPONSABLE CIVIL
Ofendido o perjudicado
Directo
Compañías aseguradoras
Subsidiario
MINISTERIO FISCALArt. 124 CE ; art. 541 LOPJ y Ley 50/1981 , de 30 de diciembre, EOMF.
Colaborador del Órgano jurisdiccional
Su distribución territorial no es coincidente con la del órgano jurisdiccional
Criterios orgánicos y principios rectores de se actuación:
Dependencia Jerárquica
Unidad de actuación
Principio de legalidad
Principio de imparcialidad
Legitimación ordinaria para actuar en el proceso penal(Previamente al proceso está legitimado para dirigir un procedimiento de investigación denominado
diligencias de investigación fiscal (Art. 773.2 LECrim y art. 5 EOMF)
1) Ejercicio de la acción penal. Principio de necesidad : tiene el deber de
promover el ejercicio de la acción penal pero sólo cuando haya hechos delictivos
(art. 105 LECrim)
Exc. Delitos privados
2) Intervención en el procesopenal: puede solicitar del órgano jurisdiccional la
adopción de ciertas diligencias de investigación o medidas cautelares
3) Ejercicio de la acción civil (arts. 108 y 773.1 LECrim)
Exc. Renuncia o reserva expresas por el ofendido o perjudicado (arts. 108 y 112 LECrim)
*****
Forma de personación en el proceso: no necesidad de formular querella, ni de
prestar fianza de ningún tipo, ni es necesario–obviamente- postulación.
ACUSADOR PARTICULAR Y POPULAR
Personas distintas del Ministerio Fiscal que ejercitan la acción penal ante unos hechos que
revisten caracteres de delito público o semipúblico. Lo hacen en virtud de un derecho (art.
101 LECrim) no en virtud de un deber.
La LECrim no diferencia entre acusador particular o popular. La diferencia –que es doctrinal
y jurisprudencial- entre ambostipos de acusadores descansa fundamentalmente en la
condición de ofendido o perjudicado del acusador particular; condición que no concurre
en el acusador popular.
A. PARTICULAR
A. POPULAR
. Fundamento Constitucional: art. 24.1 CE
Fundamento Constitucional: art. 125 CE
Españoles (con las limitaciones del artículo
103 LECrim)
Españoles (con las limitaciones del
artículo 102 y 103 LECrim)Extranjeros (art. 270 LECrim)
No pueden serlo los extranjeros
Personas jurídicas
Pueden serlo las personas jurídicas si se
trata de delitos que afectan al objeto de
la persona jurídica en cuestión
A. PARTICULAR
A. POPULAR
No debe prestar fianza para ser parte
en el proceso (art. 281)
Necesidad de prestar fianza en la cuantía y clase fijada
por el Juez para ser parte del proceso (art. 280)
Tienederecho al nombramiento de
abogado y procurador de oficio si es
que carece de recursos económicos.
No tiene derecho a la asistencia jurídica gratuita
Puede confluir en él la condición de
actor civil
No ejercita la acción civil
Puede personarse en el proceso bien
mediante la formulación de querella,
bien mediante la aceptación del
ofrecimiento de acciones (arts. 109 y
761 LECrim).
Sólo...
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