Lecci N 4 Decreto 40 Experto En PRP
DIBUJANTE
PROYECTISTA
Prevención de Riesgos (ADP-2732)
Decreto Supremo Nº 40
(Publicada en el Diario Oficial el 7 de Marzo de 1969)
Aprueba Reglamento Sobre Prevención
de RiesgosProfesionales
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DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1º.El presente reglamento establece Normas que regirán la
aplicación del Título sobre Prevención de Riesgos
Profesionales y las demás disposiciones sobre igualmateria
contenidas en la Ley Nº 16.744.
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DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 2º.Corresponde al Servicio Nacional de Salud fiscalizar las
actividades de prevención que desarrollan los organismosadministradores del seguro, en particular las Mutualidades de
Empleadores, y las empresas de administración delegada.
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DE LAS MUTUALIDADES DE
EMPLEADORES Y EMPRESAS DE
ADMINISTRACION DELEGADA
ArtículoNº3.Las Mutualidades de Empleadores están obligadas a realizar
actividades permanentes de Prevención de Riesgos de
Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
5
DE LAS MUTUALIDADES DEEMPLEADORES Y EMPRESAS DE
ADMINISTRACION DELEGADA
Artículo 4º.El personal a cargo de estas actividades deberá ser
especializado en Prevención de Riesgos de Enfermedades
Profesionales y de Accidentes delTrabajo, su idoneidad será
calificada previamente por el Servicio Nacional de Salud.
6
DE LAS MUTUALIDADES DE
EMPLEADORES Y EMPRESAS DE
ADMINISTRACION DELEGADA
Artículo 5º.Las Mutualidades deberándisponer de suficiente personal
especializado, contratado a tiempo completo, para asegurar
que efectúen una prevención satisfactoria en todas las
empresas asociadas. Se entenderá cumplida estacondición
cuando a dicho personal le corresponda una proporción
promediada individual no superior a 80 empresas.
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DE LAS MUTUALIDADES DE
EMPLEADORES Y EMPRESAS DE
ADMINISTRACION DELEGADA
Artículo 6º.Laactividades de prevención que deben desarrollar las
empresas facultadas para administrar el seguro en forma
delegada serán de carácter permanente, efectivas y basadas
en una organización estable y a...
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