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Páginas: 12 (2840 palabras) Publicado: 7 de marzo de 2012
I NFORME
El reconocimiento judicial
ANA DELIA OLIVA SALVADOR Procuradora
La LEC de 1881 mantuvo la expresión de reconocimiento judicial (art. 633 y ss), en contraposición al Código Civil (arts. 1.240 y 1.241) que al regular la prueba de las obligaciones introdujo la “inspección personal del juez”. Asimismo, en ocasiones, la doctrina y la jurisprudencia la han llamado también “inspecciónocular”. Durante mucho tiempo ha existido esta disparidad terminológica, la nueva LEC de 2000 ha terminado con esta situación al haber derogado los artículos del Código Civil, y por tanto la única expresión que se utiliza ya es la de reconocimiento judicial, regulándolo en los arts. 353 y 359. Finalmente, esta prueba está reconocida ampliamente en los tratados procesales de los estados de nuestro ámbitocultural. La normativa italiana habla de ispezione giudiziale, los códigos franceses de verifications personnelles du juge y en el derecho alemán de augenschein, que los tratadistas (C. Ordoño) traducen como inspección ocular.

(I parte)

I.–CARACTERÍSTICAS DEL RECONOCIMIENTO JUDICIAL Y UTILIDAD DE LA PRUEBA

• Evolución histórica
Según Lalinde Abadía, en los procesos visigodos y en los dela Alta Edad Media, el contacto entre el juez y las partes era muy estrecho y por tanto la prueba de reconocimiento judicial no tenía importancia, las sociedades eran muy pequeñas y por ello, el juez no tenía necesidad de comprobar algo que seguramente ya conocía de antemano. A medida que el proceso se va complicando y el alejamiento del juez respecto de las partes y de la escena de los hechos vaaumentando, va adquiriendo relieve esta prueba y por ello, en los Fueros Castellanos ya encontramos alguna referencia al reconocimiento de la mujer violada. Pero la primera regulación de esta prueba la tenemos en las Partidas de Alfonso X el Sabio. En la Partida 3ª se habla de la prueba por vista del juzgador: “Prueva de ver el judgador la cosa sobre que es fecha”. La legislación posterior contienecon frecuencia referencias del Derecho de Partidas y emplea expresiones como “vista de ojos, vista ocular o prueba ocular”, así, en la Instrucción del Marqués de Gerona de 1853, que solo tuvo un año de vigencia, habla de “prueba ocular”. La LEC de 1855, antecedente de la de 1881, es la que introduce la actual denominación de “reconocimiento judicial”, aunque también utiliza el termino“inspección” cuando hace referencia a los interdictos de obra nueva y obra ruinosa.
60 / PROCURADORES • Junio 2003

• Características y utilidad
¿Qué entendemos por reconocimiento judicial? De la Oliva Santos lo define como “la actividad procesal que, en orden al conocimiento y apreciación de hechos y circunstancias concretos, de relevancia en el proceso, desarrolla el juez, poniéndose en personal contactocon lugares, objetos materiales o personas”. Gómez Orbaneja es más escueto y dice que “es la percepción sensorial inmediata del juez de la contextura o circunstancias de personas o de cosas”. Sin embargo, toda prueba consiste en una percepción del juez, ¿dónde está pues la diferencia con las demás? Lo que le caracteriza es que lo percibido no es el medio (el testigo, el documento, la parte quecontesta el interrogatorio), sino el objeto o tema mismo de la prueba. Por ello, decimos

que es una prueba directa, es decir, la que el objeto sobre el que recae directamente la actividad probatoria son los mismos hechos. El juez percibe inmediatamente el thema probandum, las cosas u objetos cuyo estado o situación haya de fijarse en la sentencia, esto supone una importante manifestación deprincipio de inmediación, en cuyo acto el juez no permanece pasivo, sino que desarrolla una actividad procesal activa para el esclarecimiento de los hechos. De la Oliva Santos discrepa en que mediante el reconocimiento judicial el juez entre en contacto directo con los hechos a probar, ya que lo que él percibe son los lugares, objetos o personas y a través de ellos puede considerar probados o no...
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