Legitimidad de la formación religiosa en la escuela
Pero la sociedad cambia; y esta relación, que se constata a través de períodos diversos según la evolución social de los diferentes países europeos, empieza también a cambiar. El fenómenode la secularización acentuará progresivamente la separación de lo civil y de lo religioso. Y las nuevas corrientes culturales, el pluralismo de ideas, la laicidad..., alimentaron en muchos grupos e instituciones sociales una reacción, no sólo de separación, sino de neutralidad, de renuncia y aun de beligerancia frente a toda referencia religiosa.
En el contexto español, ya desde el sigloXIX, se han sucedido diversas posturas a la hora de entender la relación de escuela y religión. Ha habido momentos de especial conflictividad y tiempos en los que, instaurada la unidad político-religiosa y recuperada la confesionalidad del Estado, se imponía la confesionalidad de las instituciones oficiales; entre ellas la escuela. En esta etapa de nacionalcatolicismo la religión se integró en elsistema educativo en todos sus niveles, universitarios y no universitarios, con obligatoriedad generalizada y con un carácter pretendidamente impregnador de toda la enseñanza. La conflictividad anterior parecía superada. Pero la normativa jurídica existente respondía cada vez menos a la situación real de la sociedad que, a partir de los años 60, evolucionó hacia formas más abiertas, secularizadoras yplurales. Y la ley de libertad religiosa, ya vigente, permitía expresar en este aspecto otras posiciones.
Con la Ley general de educación de 1970, la enseñanza religiosa escolar conectó con la llamada catequesis de la experiencia; era un paso en la búsqueda de respuestas más personalizadoras en la formación religiosa, pero no dejaba de ser un modo de presencia de lo religioso católico en elámbito de la escuela pública, claramente cuestionado por otras posturas. La Iglesia, mientras tanto, atenta a la realidad del momento, buscaba nuevos modos y soluciones alternativas.
2. UN MARCO PROPICIO PARA UN ESFUERZO DE CLARIFICACIÓN. La Constitución española, que sanciona el nuevo régimen democrático, se promulga en 1978. En ella se proclama la no confesionalidad del Estado (art. 16), y ala vez se garantiza en la educación la formación religiosa y moral de los ciudadanos, de acuerdo con sus propias convicciones (art. 27, 2, 3).
En 1979 se firma el Acuerdo entre el Estado español y la Santa Sede sobre enseñanza y asuntos culturales. En lo que afecta a la enseñanza de la religión en la escuela se plantea un cambio significativo: los planes educativos deberán incluir la enseñanzade la religión católica en todos los centros, en condiciones equiparables a las demás materias fundamentales. Por respeto a la libertad de conciencia, dicha enseñanza no tendrá carácter obligatorio para los alumnos. Se garantiza, sin embargo, el derecho a recibirla. Las autoridades académicas deberán adoptar las medidas oportunas para que el hecho de recibir o no la enseñanza religiosa no...
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