lenguaje

Páginas: 128 (31939 palabras) Publicado: 24 de marzo de 2013
CODIGO CIVIL (LIBRO II).

Codificación 10, Registro Oficial Suplemento 46 de 24 de Junio del 2005.


LIBRO II

DE LOS BIENES Y DE SU DOMINIO, POSESION, USO, GOCE Y LIMITACIONES

TITULO I

DE LAS VARIAS CLASES DE BIENES

Art. 583.- Los bienes consisten en cosas corporales o incorporales.Corporales son las que tienen un ser real y pueden ser percibidas por los sentidos, como una casa, un libro.

Incorporales las que consisten en meros derechos, como los créditos, y las servidumbres activas.



CONCORD:

* CODIGO CIVIL: Arts. 584, 594.

* CODIGO DE DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO SANCHEZ DE BUSTAMANTE: Arts. 105.Parágrafo 1o.

De las cosas corporales

Art. 584.- Las cosas corporales se dividen en muebles e inmuebles.

CONCORD:

* CODIGO CIVIL: Arts. 585, 586.

* CODIGO DE COMERCIO: Arts. 43, 727.

* LEY DE COMPAÑIAS, CODIFICACION Arts. 102.

* CODIGO DE DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO SANCHEZ DE BUSTAMANTE: Arts. 106,112, 113.


Art. 585.- Muebles son las que pueden transportarse de un lugar a otro, sea moviéndose por sí mismas, como los animales (que por eso se llaman semovientes), sea que sólo se muevan por una fuerza externa, como las cosas inanimadas.

Exceptúanse las que, siendo muebles por naturaleza, se reputan inmuebles por su destino, según el Art. 588.CONCORD:

* CODIGO CIVIL: Arts. 587, 588, 589, 590, 591, 592, 593.

* CODIGO PENAL: Arts. 403, 405.

* CODIGO TRIBUTARIO: Arts. 200.

* LEY DE TRANSITO Y TRANSPORTE TERRESTRE: Arts. 66.

* CODIGO DE DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO SANCHEZ DE BUSTAMANTE: Arts. 110, 111, 112, 113.


Art. 586.- Inmuebles, fincas o bienes raíces son las cosas que no puedentransportarse de un lugar a otro, como las tierras y minas, y las que adhieren permanentemente a ellas, como los edificios y los árboles.

Las casas y heredades se llaman predios o fundos.



CONCORD:

* CODIGO CIVIL: Arts. 587, 588, 590, 591.

* CODIGO PENAL: Arts. 397, 410.

* CODIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL 2000: Arts. 36.

LINK:Ver DOMINIO DE ARBOLES, Gaceta Judicial. Año IV. Serie II. Nro. 156. Pág. 1244. (Quito, Julio 11 de 1902).


Art. 587.- Las plantas son inmuebles, mientras adhieren al suelo por sus raíces, a menos que estén en macetas o cajones, que puedan transportarse de un lugar a otro.

CONCORD:

* CODIGO CIVIL: Arts. 586, 1770.


Art. 588.- Se reputan inmuebles,aunque por su naturaleza no lo sean, las cosas que están permanentemente destinadas al uso, cultivo y beneficio de un inmueble, sin embargo de que puedan separarse sin detrimento. Tales son, por ejemplo:

Las losas de un pavimento;

Los tubos de las cañerías;

Los utensilios de labranza o minería, y los animales actualmente destinados al cultivo o beneficio de unafinca, con tal que hayan sido puestos en ella por el dueño de la finca;

Los abonos existentes en ella, y destinados por el dueño de la finca a mejorarla;

Las prensas, calderas, cubas, alambiques, toneles y máquinas que forman parte de un establecimiento industrial adherente al suelo, y que pertenecen al dueño de éste;

Los animales que se guardan en conejeras,pajareras, estanques, colmenas, y cualesquiera otros vivares, con tal que éstos adhieran al suelo, o sean parte del suelo mismo, o de un edificio.



CONCORD:

* CODIGO CIVIL: Arts. 585, 586, 635, 949, 2322.

* CODIGO DE COMERCIO: Arts. 580.

* CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL: Arts. 798.

* CODIGO DE DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO SANCHEZ DE BUSTAMANTE:...
Leer documento completo

Regístrate para leer el documento completo.

Estos documentos también te pueden resultar útiles

  • Lenguaje
  • El Lenguaje
  • Lenguaje
  • El Lenguaje
  • Lenguaje
  • Lenguaje
  • Lenguaje
  • Lenguaje

Conviértase en miembro formal de Buenas Tareas

INSCRÍBETE - ES GRATIS