Ley 16744

Páginas: 16 (3905 palabras) Publicado: 5 de mayo de 2011
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ESTABLECE NORMAS SOBRE ACCIDENTES DEL TRABAJO y ENFERMEDADES PROFESIONALES Por cuanto el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente PROYECTO DE LEY:

TITULO I (1-4) OBLIGATORIEDAD, PERSONAS PROTEGIDAS Y AFILIACION.

Párrafo 1° Obligatoriedad

Artículo 1°.- Declárase obligatorio el Seguro Social contra Riesgos de Accidentes delTrabajo y Enfermedades Profesionales, en la forma y condiciones establecidas en la presente ley.

§ 2. Personas protegidas

Artículo 2° Estarán sujetas, obligatoriamente, a este seguro, las siguientes personas: a) Todos los trabajadores por cuenta ajena, cualesquiera que sean las labores que ejecuten, sean ellas manuales o intelectuales, o cualquiera que sea la naturaleza de la empresa,institución, servicio o persona para quien trabajen; incluso los servidores domésticos y los aprendices; b) Los funcionarios públicos de la Administración Civil del Estado, municipales y de instituciones administrativamente descentralizadas del Estado. INCISO SEGUNDO DEROGADO. c) Los estudiantes que deban ejecutar trabajos que signifiquen una fuente de ingreso para el respectivo plantel;d) Los trabajadores independientes y los trabajadores familiares. El Presidente de la República establecerá, dentro del plazo de un año, a contar desde la vigencia de la presente ley, el financiamiento y condiciones en que deberán incorporarse al régimen de seguro de esta ley las personas indicadas en las letras b) y c) de este artículo. No obstante, el Presidente de la República quedafacultado para decidir la oportunidad, financiamiento y condiciones en que deberán incorporarse al régimen de seguro que establece esta ley las personas indicadas en la letra d).NOTALEY 18269
Art. único N° 1
D.O. 28.12.1983
NOTA 1NOTA 2NOTA 3

NOTA: La LEY 19345, publicada el 07.11.1994, dispuso la
aplicación de la presente ley a los trabajadores del
sector público que indica.

NOTA 1:El DTO 102, Trabajo, publicado el 25.08.1969,
reglamentó la incorporación al seguro de las personas
indicadas en las letras b) y c) del presente artículo.

NOTA 2: El artículo único del DL 1.548, publicada el
09.09.1976, declaró que el sentido de la facultad
delegada por el inciso final del presente art. 2°,
es permitir que el Presidente de la República
incorpore a ese régimende Seguro a los trabajadores
independientes y a los trabajadores familiares, en
forma conjunta o separada, o por grupos determinados
dentro de ellos, pudiendo fijar, en cada caso, la
oportunidad, el financiamiento y las condiciones de
su incorporación.

NOTA 3: Las siguientes disposiciones han incorporado al
seguro social contra riesgos de accidentes del trabajo
y enfermedadesprofesionales a las siguientes personas:
DTO 448, Trabajo, publicado el 07.12.1976,
incorpora a campesinos asignatarios de tierras.
DTO 244, Trabajo, publicado el 11.10.1977,
incorpora a los suplementeros acogidos al régimen
previsional del seguro social.
El Art. 8° del DFL 50, Trabajo, publicado el
17.05. 1979, incorporó a los profesionales hípicos
independientes.DTO 68, Trabajo, publicado el 03.10.1983, incorpora
a los conductores propietarios de taxis.
DFL 19, Trabajo, publicada el 13.07.1984, incorpora
a los pirquineros independientes.
El Art. 1° del DFL 2, Trabajo, publicada el
08.04.1986, dispuso la inclusión, en los mismos términos
en que se produjo la de los mismos grupos afectos
al Antiguo Sistema Previsional, a los campesinosasignatarios de tierras en dominio individual, a
los suplementeros, a los profesionales hípicos
independientes, a los conductores propietarios
de automóviles de alquiler, a los pirquineros y, en
general, a todos los trabajadores independientes
pertenecientes a aquellos grupos que por el hecho de
estar afiliados a una Administradora de Fondos de
Pensiones y no haber estado afectos al...
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