Ley de la educacion
Reforma 12-06-2000
Tratándose de menores de edad con discapacidades, esta educación propiciará su integración a los planteles de educación básicaregular, mediante la aplicación de métodos, técnicas y materiales específicos. Para quienes no logren esa integración, esta educación procurará la satisfacción de necesidades básicas de aprendizajepara la autónoma convivencia social y productiva, para lo cual se elaborarán programas y materiales de apoyo didácticos necesarios.
Reforma 12-06-2000
Esta educación incluye orientación a los padreso tutores, así como también a los maestros y personal de escuelas de educación básica regular que integren a alumnos con necesidades especiales de educación.
Artículo 42.- En la impartición deeducación para menores de edad se tomarán medidas que aseguren al educando la protección y el cuidado necesarios para preservar su integridad física, psicológica y social sobre la base del respeto a sudignidad, y que la aplicación de la disciplina escolar sea compatible con su edad.
Artículo 43.- La educación para adultos está destinada a individuos de quince años o más que no hayan cursado oconcluido la educación básica y comprende, entre otras, la alfabetización, la educación primaria y la secundaria, así como la formación para el trabajo, con las particularidades adecuadas a dicha población.Esta educación se apoyará en la solidaridad social.
Artículo 44.- Tratándose de la educación para adultos la autoridad educativa federal podrá prestar servicios que conforme a la presente Leycorresponda prestar de manera exclusiva a las autoridades educativas locales.
Los beneficiarios de esta educación podrán acreditar los conocimientos adquiridos, mediante exámenes parciales o globales,...
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