Ley de notariado

Páginas: 15 (3730 palabras) Publicado: 3 de mayo de 2011
LEY DEL NOTARIADO, DE LA REPÚBLICA DE BOLIVIA De 5 de Marzo de 1858. TITULO lº DE LOS NOTARIOS Y DE LAS ESCRITURAS CAPITULO 1º DE LAS FUNCIONES, DISTRITO Y DEBERES DE LOS NOTARIOS Artículo lº.- Los notarios son funcionarios públicos, establecidos para autorizar todos los actos y contratos a que las partes quieran dar el carácter de autenticidad, con sujeción a las prescripciones de la ley.Artículo 2º .- Es prohibido a los jueces el señalar en los autos el notario que deba extender escrituras, siendo libre la elección de las partes. Artículo 3º.- En los lugares donde no hay notario, o cuando se halle legalmente impedido, los poderes para pleitos, de cualquier naturaleza que sean, pueden extenderse ante el juez instructor o alcalde parroquial, y en defecto de éstos, ante un corregidor,actuando unos y otros con dos testigos hábiles. Los demás poderes que no fueren para el objeto indicado en este artículo, se otorgarán indispensablemente conforme a las prescripciones de esta ley. (Decreto de 23 de Agosto de 1899). Artículo 4º .- Los notarios y registradores de derechos reales durarán en sus funciones cuatro años, con derecho a reelección indefinida, y debiendo continuar en elejercicio de ellas hasta que sean reemplazados. Artículo 5º .- Los notarios están obligados a prestar sus servicios siempre que sean solicitados, bajo la pena de pagar los daños y perjuicios que ocasionaren por su culpa. Artículo 6º.- Los notarios residirán en el lugar que les prefijare su título. En caso de contravención se presumirá que han renunciado el cargo, y el ministerio Fiscal dará aviso a laCorte de Distrito, para que vea lo conveniente. Artículo 7º .- Los notarios que residan en las ciudades donde esté establecida la Corte de Distrito, ejercerán sus funciones en toda la extensión de la jurisdicción de ésta; los de las capitales donde no haya más que juez de partido, en la jurisdicción de éste; y los de las provincias y secciones de provincia donde no haya más que juez instructor,ejercerán sus funciones en la extensión de la jurisdicción del juez instructor respectivo. Por consiguiente, los notarios son de 1a., 2a. y 3a.. Artículo 8º.- Es prohibido a todo notario, ejercer sus funciones fuera de la jurisdicción que le está señalada, pena de suspensión del cargo por tres meses, de ser destituido en caso de reincidencia y de abonar los daños y perjuicios que hubiere causado.Artículo 9º .- Los notarios, no pueden ejercer profesión ni cargo alguno público. Artículo 10º .- El cargo de notario y el de registrador de derechos reales son diferentes y no pueden reunirse en una misma persona.

Notaría de Fe Pública Nº 061 – Av. Arce Esq. Cordero Nº 2789, Edificio Altamira Piso 1 Of. 1 Teléfonos: (591-2) 2432465 – 2432470 La Paz, Bolivia

Artículo 11º .- En las provinciasdonde no se hallen personas que reúnan los requisitos exigidos por las leyes para secretarios de los juzgados de partido y actuarios de los de instrucción, pueden ser nombrados para desempeñar estos destinos los notarios de ellas, sin perjuicio de ejercer al mismo tiempo su oficio de tales, y presentando además la hipoteca que corresponde a dichas plazas. Artículo 12º .- Los notarios de las curiaseclesiásticas, los de hacienda y demás tribunales especiales, deben conservar sus archivos para franquear los testimonios que se les pidieren, y otorgar los instrumentos concernientes a su especialidad, sin que bajo pretexto alguno puedan extender poderes, ni ningún otro instrumento público que no sea de su especialidad, pena de nulidad de todo lo que hicieren en contravención a lo mandado a esteartículo. (Ley 5 Octubre de 1874). Artículo 13º .- Los contratos sobre ramos de la hacienda pública y las finanzas que deben prestar los funcionarios públicos que manejan rentas fiscales, y a quienes la ley exige este requisito, deben otorgarse ante los notarios de Hacienda. Artículo 14º.- Los notarios eclesiásticos dejarán el otorgamiento de los instrumentos civiles para los notarios ordinarios...
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