Ley de salud veracruz
TITULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO 3°.-En los términos de la Ley General de Salud y de la presente Ley, corresponde al Gobierno del Estado:
B.- En materia de salubridad local, el control sanitario de:
XIII.- Establecimientos de hospedaje y restaurantes.
TITULODECIMOPRIMERO
SALUBRIDAD LOCAL
CAPITULO I
DISPOSICIONES COMUNES
ARTICULO 161.-Compete a la Secretaría de Salud y Asistencia del Estado, en los términos de esta Ley y demás disposiciones legales aplicables, el control sanitario de las materias a que se refiere el artículo 3°, apartado ‘B’ de esta Ley.
ARTICULO 164.-Se entiende por control y regulación sanitaria, el conjunto de actos que llevea cabo la autoridad, a fin de prevenir riesgos y daños a la salud de la población, que comprende: el otorgamiento de autorizaciones, la vigilancia sanitaria, la aplicación de medidas de seguridad y la imposición de sanciones a los establecimientos, servicios o personas a que se refiere esta Ley.
ARTICULO 165.-La Secretaría de Salud y Asistencia del Estado, emitirá las normas técnicas a quequedará sujeto el control sanitario en materia de salubridad local.
ARTICULO 166.-Los establecimientos y vehículos dedicados al transporte a que se refiere el artículo 3°, apartado ‘B’ de esta Ley, requieren para su funcionamiento:
I.- Licencia sanitaria, expedida por la Secretaría de Salud y Asistencia del Estado.
II.- Contar en su caso, con permiso sanitario, todo el personal que en elloslabore.
CAPITULO V
DE LAS CONSTRUCCIONES
ARTICULO 182.-Para los efectos de esta Ley, se entiende por construcción, toda edificación o local que se destine a la habitación, comercio, enseñanza, recreatividad, trabajo, así como las reconstrucciones, modificaciones y adaptaciones.
ARTICULO 183.-En los aspectos sanitarios, las construcciones, reconstrucciones, modificaciones o adaptaciones,deberán cumplir con las disposiciones de esta Ley, las demás disposiciones aplicables y las normas técnicas correspondientes.
ARTICULO 184.-Cuando el uso que se pretenda dar a un edificio o local sea público, además de los requisitos previstos en otras disposiciones aplicables, se deberá contar con agua potable corriente, retretes públicos con las instalaciones adecuadas y en número suficiente,los cuales deberán reunir los requisitos correspondientes.
ARTICULO 185.-Tendrán que contar con la autorización sanitaria del proyecto en cuanto a iluminación, ventilación, instalaciones sanitarias, contra accidentes, salidas de emergencia y extinguidores contra incendio, conforme a esta Ley, cuando se trate de iniciar y realizar la construcción, reconstrucción, modificación o adaptación totalo parcial.
ARTICULO 186.-El responsable de la construcción, reconstrucción, modificación o acondicionamiento de cualquiera de los establecimientos a que se refiere este título, deberá dar aviso de inicio y terminación de obra a la autoridad estatal, quien vigilará el cumplimiento de los requisitos aprobados en el proyecto a que se refiere esta Ley, las demás disposiciones legales aplicables ylas normas técnicas correspondientes.
ARTICULO 187.-Los edificios y locales terminados, podrán dedicarse al uso que se destinen, una vez inspeccionados y declarada la conformidad por parte de la autoridad sanitaria competente y del municipio correspondiente.
ARTICULO 188.-Los edificios, locales, construcciones o terrenos urbanos y rurales, podrán ser inspeccionados por la autoridad estatal,la que ordenará las obras necesarias para satisfacer las condiciones higiénicas y de seguridad necesarias en los términos de esta Ley y demás disposiciones aplicables, así como las normas técnicas correspondientes.
ARTICULO 190.-Los propietarios o poseedores de los edificios y locales o de los negocios en ellos establecidos, están obligados a ejecutar las obras que se requieran, para cumplir...
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