ley general de la educacion
I.- Prestar los servicios de educación inicial,básica incluyendo la indígena, especial, así como la normal y demás para la formación de maestros,
II.- Proponer a la Secretaría los contenidos regionales que hayan de incluirse en los planes yprogramas de estudio para la educación preescolar, la primaria, la secundaria, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica;
III.- Ajustar, en su caso, el calendario escolarpara cada ciclo lectivo de la educación preescolar, la primaria, la secundaria, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica, con respeto al calendario fijado por la Secretaría;
IV.- Prestar los servicios de formación, actualización, capacitación y superación profesional para los maestros de educación básica, de conformidad con las disposiciones generales que laSecretaría determine, conforme a lo dispuesto por la Ley General del Servicio Profesional Docente;
V.- Revalidar y otorgar equivalencias de estudios de la educación preescolar, la primaria, lasecundaria, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica, de acuerdo con los lineamientos generales que la Secretaría expida;
VI.- Otorgar, negar y revocar autorización a losparticulares para impartir la educación preescolar, la primaria, la secundaria, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica;
VI Bis.- Participar en la integración y operación deun sistema nacional de educación media superior que establezca un marco curricular común para este tipo educativo, con respeto a la autonomía universitaria y la diversidad educativa;
VII.- Coordinar y operar un padrón estatal de alumnos, docentes, instituciones y centros escolares; un registro estatal de emisión, validación e inscripción de documentos académicos y establecer un sistema...
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