leyes de educacion de venezuela
TITULO I
DISPOSICIONES FUNDAMENTALES
Capítulo I
Disposiciones Generales
Objeto
Artículo 1. La presente Ley tiene como objeto normar la prestación del servicio comunitario del estudiante de educación superior, que a nivel de pre grado aspire alejercicio de cualquier profesión.
Principios
Artículo 2. Esta Ley se regirá por los principios constitucionales de solidaridad, responsabilidad social, igualdad, cooperación, corresponsabilidad, participación ciudadana, asistencia humanitaria y alteridad.
Ámbito de aplicación
Artículo 3 . La prestación del servicio comunitario, tendrá su ámbito de aplicación en el área geográfica delterritorio nacional que determine la Institución de Educación Superior correspondiente.
Capítulo II
Del Servicio Comunitario
Definición
Artículo 4. A los efectos de esta Ley, se entiende por Servicio Comunitario, la actividad que deben desarrollar en las comunidades los estudiantes de educación superior que cursen estudios de formación profesional, aplicando los conocimientos científicos,técnicos, culturales, deportivos y humanísticos adquiridos durante su formación académica, en beneficio de la comunidad, para cooperar con su participación al cumplimiento de los fines del bienestar social, de acuerdo con lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en esta Ley.
Comunidad
Artículo 5. A los efectos de esta Ley, la comunidad es el ámbito social dealcance nacional, estadal o municipal, donde se proyecta la actuación de las instituciones de educación superior para la prestación del servicio comunitario.
Requisito para la obtención del título
Artículo 6. El servicio comunitario es un requisito para la obtención del título de educación superior, n o creará derechos u obligaciones de carácter laboral y debe prestarse sin remuneraciónalguna.
Fines del servicio comunitario
Artículo 7. El servicio comunitario tiene como fines:
1. Fomentar en el estudiante, la solidaridad y el compromiso con la comunidad como norma ética y ciudadana.
2. Hacer un acto de reciprocidad con la sociedad.
3. Enriquecer la actividad de educación superior, a través del aprendizaje servicio, con la aplicación de los conocimientos adquiridos durante laformación académica, artística, cultural y deportiva.
4. Integrar las instituciones de educación superior con la comunidad, para contribuir al desarrollo de la sociedad venezolana.
5. Formar, a través del aprendizaje servicio, el capital social en el país.
Duración del servicio comunitario
Artículo 8 . El servicio comunitario tendrá una duración mínima de ciento veinte horas académicas, lascuales se deben cumplir en un lapso no menor de tres meses. Las instituciones de educación superior adaptarán la duración del servicio comunitario a su régimen académico.
Condiciones
Artículo 9. No se permitirá realizar actividades de proselitismo, político partidistas, durante la prestación del servicio comunitario.
De los recursos
Artículo 10. Las instituciones de educación superior,incluirán los recursos necesarios para la realización del servicio comunitario en el plan operativo anual, sin menoscabo de los que puedan obtenerse, a través de los convenios.
TÍTULO II
DE LAS INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR
De las instituciones de educación superior
Artículo 11. A los fines de esta Ley, son instituciones de educación superior aquellas establecidas por la LeyOrgánica de Educación.
De la capacitación
Artículo 12. El Ministerio de Educación Superior y l as instituciones de educación superior en coordinación, deben programar seminarios, cursos o talleres sobre la realidad comunitaria, a fin de capacitar al personal académico y estudiantil para la ejecución del servicio comunitario, a fin de preparar a los coordinadores, asesores y estudiantes en sus...
Regístrate para leer el documento completo.