Los Medios De Prueba En El Derecho Procesal Penal Mexicano
PRUEBA DE TESTIGOS.
Testigo es la persona física que declarará ante los órganos encargados de la procuración o administración de justicia, lo que sabe y le consta en relación con el hecho delictivo, por que los percibió a través de los sentidos.
El testigo que miente es aquel que ha captado de algún modo la realidad, y almomento de reproducirla, oralmente o por escrito, lo hace de manera diferente a como la percibió.
Testigo de oídas es el que declara lo que dijeron, en relación con los hechos sin haberlos percibidos sino por aquella referencia.
No se obligará a declarar al tutor, curador, pupilo o cónyuge del inculpado, ni a sus parientes por consanguinidad o afinidad en la línea recta ascendente odescendente sin limitación de grados y en la colateral hasta el cuarto inclusive, ni a los que estén ligados con el inculpado por amor, respeto, cariño o estrecha amistad; pero si estas personas tuvieren voluntad de declarar, se hará constar esta circunstancia y se recibirá su declaración.
Antes de que los testigos comiencen a declarar, se les instruirá de las sanciones que el Código Penalestablece para los que se producen con falsedad, o se niegan a declarar.
Después , se preguntará al testigo su nombre, apellido, edad, lugar de origen, domicilio, estado civil, profesión u ocupación; si se halla ligado con el inculpado o el ofendido por vínculos de parentesco, amistad o cualesquier otros y si tiene algún motivo de odio o rencor contra alguno de ellos.
Los testigos declararán deviva voz, sin que le sea permitido leer las respuestas que tengan escritas, pero podrán consultar algunas notas o documentos que lleven consigo, cuando sea pertinente, según la naturaleza del asunto a juicio del Juez. El Ministerio Público, el inculpado, el defensor, la víctima u ofendidos, tendrán derecho de interrogar al testigo; el tribunal tendrá la facultad de desechar las preguntas que asu juicio o por objeción de parte, sean capciosas, ambiguas o inconducentes y, además, podrá interrogar al testigo sobre los puntos que estime convenientes. El acuerdo de desechamiento será revocable. En todo caso, el testigo dará razón de su dicho.
NO ESTAN OBLIGADOS A DECLARAR SOBRE LA INFORMACION QUE RECIBAN
LOS ABOGADOS, CONSULTORES TECNICOS Y NOTARIOS.
LOS MINISTROS DE CUALQUIERCULTO
LOS PERIODISTAS
LAS PERSONAS O SERVIDORES PUBLICOS QUE DEBAN GUARDAR SECRETO PROFESIONAL
LOS MEDICOS CIRUJANOS, ESPECIALISTAS O PSICOLOGOS.
CAREO
CAREAR ES PONER CARA A CARA A DOS PERSONAS
CAREO CONSTITUCIONAL.
ESTA REGULADO EN LA FRACCION IV DEL ARTICULO 20 DE LA CARTA MAGNA, CONFORME A LA CUAL EN TODO PROCESO PENAL, TENDRA EL INCULPADO LA GARANTÍA DE SER CAREADO, ENPRESENCIA DEL JUEZ, CON QUIENES DECLAREN EN SU CONTRA, SIENDO SUFICIENTE CON QUE LO SOLIRE CON LA EXCEPCIÓN ESTABLECIDA EN LA FRACCIÓN V DEL APARTADO B DE DICHA NORMA CONSTITUCIONAL.
REQUISITOS DEL CAREO CONSTITUCIONAL
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A) QUE LO SOLICITE EL INCULPADO.
B) QUE LA PERSONA CON QUIEN SOLICITA CAREARSE HAYA DEPUESTO EN SU CONTRA.
C) QUE PRESENCIE EL JUEZ LA DILIGENCIA.
CAREO PROCESAL, EN ELQUE NO NECESARIAMENTE HABRA DEPARTICIPAR EL INCULPADO.
PERICIAL
PERITO ES UN SUJETO NECESARIO DE LA RELACIÓN PROCESAL PENAL, QUE POR MEDIO DE SUS CONOCIMIENTOS ESPECIALIZADOS SUMINISTRARA A LOS ORGANOS ENCARGADOS DE LA PROCURACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, LA FORMA Y MEDIOS DE INTERPRETAR Y APRECIAR LOS HECHOS QUE SON SOMETIDOS A SU PERICIA.
Los peritos deberán tener títulooficial en la ciencia o arte a que se refiere el punto sobre el cual deba dictaminarse, si la profesión o arte están legalmente reglamentados; en caso contrario se nombrarán peritos prácticos. Cuando el inculpado pertenezca a un grupo étnico indígena, podrán ser peritos prácticos, personas que pertenezcan al mismo grupo.
Para su debida validez, los peritos emitirán su dictamen por escrito que...
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