materia mercantil
DE LOS MEDIOS DE PRUEBA
SECCIÓN PRIMERA
DE LAS REGLAS GENERALES
Artículo 45. En el procedimiento administrativo, en el recurso de revocación y en el
juicio contencioso se admitirán toda clase de pruebas, excepto la confesional de las
autoridades mediante absolución de posiciones, las que no tengan relación con el
asunto, las que resulten inútiles para la decisión delcaso, así como la que sean
contrarias a la moral o al derecho.
Artículo 46. La autoridad o el Tribunal podrán ordenar, en todo tiempo, sea cual
fuere la naturaleza del caso, la práctica, repetición o ampliación de cualquier diligencia
probatoria; o bien, acordar la exhibición o desahogo de pruebas, siempre que se estime
necesario para el conocimiento de la verdad sobre el asunto. El acuerdorelativo se
notificará a las partes, a fin de que puedan intervenir, si así conviene a sus intereses.
Artículo 47. Los actos administrativos se presumen legales; sin embargo, las
autoridades deberán probar los hechos que los motiven cuando el interesado los niegue
lisa y llanamente, a menos que la negativa implique la afirmación de otro hecho.
CAPÍTULO V
DE LOS MEDIOS DE PRUEBASECCIÓN PRIMERA
DE LAS REGLAS GENERALES
Artículo 45. En el procedimiento administrativo, en el recurso de revocación y en el
juicio contencioso se admitirán toda clase de pruebas, excepto la confesional de las
autoridades mediante absolución de posiciones, las que no tengan relación con el
asunto, las que resulten inútiles para la decisión del caso, así como la que sean
contrarias a la moralo al derecho.
Artículo 46. La autoridad o el Tribunal podrán ordenar, en todo tiempo, sea cual
fuere la naturaleza del caso, la práctica, repetición o ampliación de cualquier diligencia
probatoria; o bien, acordar la exhibición o desahogo de pruebas, siempre que se estime
necesario para el conocimiento de la verdad sobre el asunto. El acuerdo relativo se
notificará a las partes, a finde que puedan intervenir, si así conviene a sus intereses.
Artículo 47. Los actos administrativos se presumen legales; sin embargo, las
autoridades deberán probar los hechos que los motiven cuando el interesado los niegue
lisa y llanamente, a menos que la negativa implique la afirmación de otro hecho.
CAPÍTULO V
DE LOS MEDIOS DE PRUEBA
SECCIÓN PRIMERA
DE LAS REGLAS GENERALESArtículo 45. En el procedimiento administrativo, en el recurso de revocación y en el
juicio contencioso se admitirán toda clase de pruebas, excepto la confesional de las
autoridades mediante absolución de posiciones, las que no tengan relación con el
asunto, las que resulten inútiles para la decisión del caso, así como la que sean
contrarias a la moral o al derecho.
Artículo 46. La autoridad oel Tribunal podrán ordenar, en todo tiempo, sea cual
fuere la naturaleza del caso, la práctica, repetición o ampliación de cualquier diligencia
probatoria; o bien, acordar la exhibición o desahogo de pruebas, siempre que se estime
necesario para el conocimiento de la verdad sobre el asunto. El acuerdo relativo se
notificará a las partes, a fin de que puedan intervenir, si así conviene a susintereses.
Artículo 47. Los actos administrativos se presumen legales; sin embargo, las
autoridades deberán probar los hechos que los motiven cuando el interesado los niegue
lisa y llanamente, a menos que la negativa implique la afirmación de otro hecho.
CAPÍTULO V
DE LOS MEDIOS DE PRUEBA
SECCIÓN PRIMERA
DE LAS REGLAS GENERALES
Artículo 45. En el procedimiento administrativo, enel recurso de revocación y en el
juicio contencioso se admitirán toda clase de pruebas, excepto la confesional de las
autoridades mediante absolución de posiciones, las que no tengan relación con el
asunto, las que resulten inútiles para la decisión del caso, así como la que sean
contrarias a la moral o al derecho.
Artículo 46. La autoridad o el Tribunal podrán ordenar, en todo...
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