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En general, la accesión es un derecho (derecho de accesión), que tiene atribuido el propietario del suelo, y que le permite hacer suyo todo aquello que quede unido a dicho suelo, yasea en forma natural o artificial, bajo el principio superficie solo cedit. En el caso de los bienes muebles el principio accessorium sequitur principali permite que la inseparabilidad de dos omás bienes determine la adquisición del resultante en favor del dueño del bien calificable como principal
Clases De Accesión
Accesión discreta o de frutos. Por ella el dueño del suelo pasa aser dueño de aquello que brota del mismo en forma natural, o como consecuencia del cultivo del mismo.
Accesión continua: Es por la que se adquiere la propiedad sobre lo que se une o incorpora,natural o artificialmente a una cosa, en calidad de accesoria y de modo inseparable
Accesión discreta o de frutos
Según el art. 354 del Código Civil español, cualesquiera tipos de frutospertenecen al propietario, por tanto la adquisición discreta o adquisición de frutos es una mera consecuencia o derivación de la facultad de goce con que cuenta el propietario.
Pese a encontrarse laadquisición discreta regulada en el capitulo del Código Civil español dedicado a regular el "derecho de accesión", hay que distinguir entre la accesión propiamente dicha que ha de configurarsecomo un modo independiente de adquirir, y la adquisición de frutos denominada clásicamente "accesión discreta".
Accesión propiamente tal o continúa
Aquella que se presenta cuando se unen dos omás cosas de diferentes dueños, de manera que una vez unidas constituyen un todo indivisible respecto del cual se aplica el principio de que "'lo accesorio sigue la suerte de lo principal".
Sedistingue tres categorías de accesión:
Accesión inmobiliaria: en términos generales esta accesión tiene lugar en los caso de edificación, plantación y siembra ejecutadas en un inmueble cuando...
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