Medio Ambiente
sanciona con fuerza de Ley
Control de la Contaminación Acústica en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Título I
Disposicionesgenerales
Artículo 1º.- Objeto. El objeto de esta Ley es prevenir, controlar y corregir, la contaminación acústica que afecta tanto a la salud de las personas como al ambiente, protegiéndolos contra ruidosy vibraciones provenientes de fuentes fijas y móviles, así como regular las actuaciones específicas en materia de ruido y vibraciones en el ámbito de competencia de la Ciudad Autónoma de BuenosAires.
Artículo 2º.- Consideración. A los efectos de esta Ley se considera a los ruidos y a las vibraciones como una forma de energía contaminante del ambiente. Se entiende por contaminación acústica ala introducción de ruidos o vibraciones en el ambiente habitado o en el ambiente externo, generados por la actividad humana, en niveles que produzcan alteraciones, molestias, o que resultenperjudiciales para la salud de las personas y sus bienes, para los seres vivos, o produzcan deterioros de los ecosistemas naturales.
Artículo 3º.- Ámbito de aplicación y alcance. Queda sometida a lasdisposiciones de esta Ley, cualquier actividad pública o privada y, en general, cualquier emisor acústico sujeto a control por parte del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que origine contaminación porruidos y vibraciones que afecten a la población o al ambiente y esté emplazado o se ejerza en el territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sin perjuicio de lo establecido por la legislaciónvigente en materia de seguridad e higiene en el trabajo y otras normativas de aplicación.
Artículo 4º.- Definiciones. A los efectos de esta Ley, los conceptos y términos básicos referentes a ruido yvibraciones quedan definidos en el Anexo I.
Artículo 5º.- Autoridad de Aplicación. Es Autoridad de Aplicación de la presente Ley, la dependencia con competencia ambiental del Poder Ejecutivo, la...
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