Medios

Páginas: 18 (4476 palabras) Publicado: 5 de abril de 2015
Medios de Impugnación______________________________________________________________

7. 1

Capitulo VI – Medios de Impugnación

7. 2

La garantía de audiencia

Fundamentalmente la garantía de audiencia contenida en el artículo 14 de la Constitución en
su segundo párrafo, permite acudir antes las autoridades jurisdiccionales competentes y
solicitar el reconocimiento de un derecho vulnerado conmotivo de un acto de autoridad,
como el que resultaría de las imputaciones contenidas dentro de una resolución
administrativa que concluye un procedimiento administrativo.
Nadie podrá ser privado de la libertad o de sus propiedades, posesiones o
derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente
establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento yconforme a las Leyes expedidas con anterioridad al hecho
Al respecto, los tribunales colegiados han reiterado por medio de tesis el momento en el cual
se actualiza y puede hacer valer dicha garantía constitucional, cuando un particular ha sido
sujeto a un procedimiento administrativo en materia aduanera.

CLASIFICACIÓN ARANCELARIA EMITIDA DENTRO DEL PROCEDIMIENTO
ADMINISTRATIVO EN MATERIA ADUANERA.LA GARANTÍA DE AUDIENCIA
SE CONCEDE HASTA LA DETERMINACIÓN DEL CRÉDITO FISCAL.

El artículo 144, fracción XIV, de la Ley Aduanera faculta a las autoridades
aduaneras para establecer la naturaleza, características arancelarias, origen y
valor de las mercancías de exportación e importación, y para solicitar el dictamen
que emita el agente aduanal, dictaminador o cualquier otro perito, pero noestablece ni exige como formalidad dentro del procedimiento administrativo en
materia aduanera su notificación previa al contribuyente, lo que se explica porque
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Medios de Impugnación______________________________________________________________

la clasificación arancelaria es un acto dentro del procedimiento en el que se
determina una responsabilidad en materia aduanera sin ser un acto definitivo.Por
el contrario, la garantía de audiencia al contribuyente, como lo establecen los
artículos 150 a 155 de la Ley Aduanera, se otorga una vez ejercidas las facultades
de comprobación y levantada el acta de inicio del procedimiento administrativo
en materia aduanera y embargo, en su caso, ya que el visitado cuenta con un
término de diez días para acreditar la legal estancia de las mercancíasembargadas, dentro del cual podrá ofrecer pruebas y, una vez emitida la
determinación del crédito correspondiente, el cual sí reviste el carácter de
definitivo, podrá ser impugnado a través del medio de defensa correspondiente en
el que tendrá el contribuyente la oportunidad de ofrecer pruebas para refutar la
clasificación arancelaria, criterio concordante con el sostenido por el Pleno de la
SupremaCorte de Justicia de la Nación que ha establecido que en materia
impositiva no es necesario cumplir con la garantía de previa audiencia recogida
en el artículo 14 constitucional, pues la misma se otorga con posterioridad a la
determinación del impuesto a cubrir, momento en que los interesados pueden
impugnar el monto y el cobro correspondientes. TERCER TRIBUNAL
COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVADEL SEXTO CIRCUITO.

Revisión fiscal 62/2004. Administradora Local Jurídica de Puebla Sur. 7 de mayo
de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: Jaime Raúl Oropeza García. Secretario:
Roberto Carlos Moreno Zamorano.

Principalmente la resolución define el momento válido para impugnar una resolución emitida
a partir del procedimiento administrativo en el cual se revise el cumplimiento de las
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Mediosde Impugnación______________________________________________________________

obligaciones tributarias, el cual es posterior a la resolución que resulte al respecto. Los
medios de impugnación disponibles son el recurso de revocación, el juicio de nulidad y el
amparo con sus respectivas instancias.
7. 3

Medios ordinarios de defensa

7. 3. 1 Recurso de revocación
El recurso de revocación en...
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