Memorias de virryes
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http://www.archive.org/details/memoriasdelosvir03peru
MEMORIAS
DE
LOS VIREYES
QUE
HAIV GOIÍERIVADO
EL PEKÜ.
CAI.I.AO,
TIPOGRAIÍA DE AGUSTÍN MENA V
r.AIl.K
DKlESCADORES,
N«.
i:i."..
MEMOnUS
DE
LOS VIIIEYES
QUE
VLA^ GOBEi;]\ADO EL PERIJ,
DURANTE EL TIEMPO
DEL COLONIAJE ESPAlOL.
IMPRESAS DE ORDEN SUPREMA.
TOMO T,ERCERO.
Don Josó Armendaris, marqués de Don
J.
Gastel- Fuerte;
A. de Mendoza, marqués de Villagarcía.
\.\
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LIBRERÍA CENTRAL DE FELIPE BAILLY.
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MEMOIIIAS
DE LOS VIREYES
QUE
HAiVGOBERNADO EL
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de
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,
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Gover-
'^^
l'rovincias
iU'\
l'tíru
y
Presidente
de
nii
Keal
i
i
Au-
i
nador de Tarma
por dos curas de
aqueiiaprovincia,
diencia
to
de
ini
en
....
la
ciudad
de
Lima.
Con motivo de haver puesantecesor
los
Keal
nolicia vuestro
graves excesos
atrose-
y contra el theniente de Corregidor
comctidosPallar
por
algunos
curas
á
de
ese
Arzobispado en
Reales,
de
chanel
y
menospreciar
los jueces
y
los
que
cay
por
de
ñaladamente havian execulado en
Gallardo
este
,
asumpto
curas
Don Joseph
de
IS
aquella
villa.
y
la
Don Manuel
provincia
de de
Arteaga
,
macaca
cédula
y
de
de
Carguamaio
y
en
Tarmale
mandé
y
por
diez
ocho
de
Enero
de
mil
setecientos
el
cinquenta
le
ocho
de
les
que
dar hu-
por con
ningún
los
1
motivo
permitiese
que
juez
aviso
eclesiástico
dejase
autos íntegros
de
la
materia
de
el
castigo
que
1
TOMO m.
2
MKMOUIAS DE LOS VIREYES.
iinpui'sld
,
bicsc
y
(|ii('si
reconocidos
los
nulos
hallase
á
eslar
pleiia-
aicnte
justilicados
los
el
diiiuiiciados
excesos,
la
procediese
su
la
remoción
ley
de
la
acuerdo
(Aincordia
con
,
eclosiáslico
en
ibrina
dispuesta
este
por
,
de
el
y
(pie
la
no
conrorniándose
en
(odas
con
medio
hasta
hiciese
mismo
Virreyseguir
causa
la
instancias
la
competente
imposición
sultasen
de
penas
para
devida
diese
corrección
á
de los
di'
excesos
que
re-
com[)rovados,
y
las
me
cuenla
íiii
hallarme
j)ara
entla
pronunciarse las
sentencias
contenidas
en
ellos
y
que
aunque aparece impuesto algún
dos
referidos
género de
pena,
lo
cierto
es
que
y
se
hjs
curas
,
el
Don
y
el
Joseph Gallardo muri(j
otro,
(jui('ta
pacíficamente
en
su
doctrina
,
Don Manuel de Arleaga,
,
mantenia en
las
iguales
términos
en
la
suya
se
los
resultando
de
este
exemplar
,
funestas
consequencias
de
que
por
repitan
semejantes
los
,excesos
vivan
consternados
personas
y
atemorizados
la
curas
lieal
,
Corregidores
y
dem;is
que
exercen
el
jurisdic-
ción
de
se
forma
elija
el td
que
de
siempre
seguir
que
aut(js
no
usado
,
medio
se
tales
de
la
concordia
á
los
judiciales
no
impondrá
excesos.
fiscal,
delin(iuentes
condigno...
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