Metodos
Anteriormente el pago delBoleto de Ornato se destinaba a los fondos de las alcaldías. El 1 de enero de 1992, el Congreso de la República aprobó el Decreto 121-96, en el cual se establece la creación del arbitrio denominado Boletode Ornato, cuya recaudación quedó a cargo de las municipalidades del país.
La cancelación del mismo debe efectuarse durante enero y febrero, salvo que los consejos municipales concedan prórrogas,y éstas no pueden excederse más allá del último día de marzo. Si el pago no se efectúa dentro del período señalado, el vecino se verá sujeto a una multa equivalente al 100% de su valor.
Estánobligadas al pago de este impuesto todas las personas guatemaltecas o extranjeras domiciliadas que residan en cada jurisdicción municipal, comprometida entre los 18 y 65 años, y los menores de 18 que deconformidad con el Código de Trabajo tengan autorización para trabajar.
El pago de este arbitrio municipal, además de ayudar a mantener el ornato de la ciudad, es un requisito para efectuar otrostrámites como:
* Tomar posesión de cargos o empleos públicos
* Obtener Cédula de Vecindad
* Inscripción de nacimientos y matrimonios y registro de extranjeros residentes
* Cualquiertrámite municipal que requiera tal obligación
* Extensión del pasaporte
* Adquisición de placas de circulación para vehículos, cuando pertenecen a persona individual.
* Pago de calcomaníade vehículos pertenecientes a una persona individual
* Obtención o renovación de licencias de conducir
* Trámites administrativos o judiciales en general
El pago de la tasa de arbitrio...
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