Naaa
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DECOLOMBIA, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y CONSIDERANDO:
1.) Que según decretos número 1239 y 1259 del presente año, se declaró turbado el orden público y en estado de sitio de todo el territorio de la República; 2.) Que lo relativo al procedimiento que deba seguirse en los procesos de trabajo es de orden público, lo que hacepertinente la expedición de un estatuto completo sobre esta materia; 3.) Que en diversas legislaturas, atendiendo a la expresión de una necesidad nacional, ha sido motivo de discusión, provocada por iniciativa oficial, la obligación de un Código Procesal del Trabajo. DECRETA:
CAPITULO I. JURISDICCION ARTICULO 1o. APLICACION DE ESTE CÓDIGO. Los asuntos de que conoce la Jurisdicción Ordinaria en susespecialidades
laboral y de seguridad social se tramitarán de conformidad con el presente Código.
Texto original del C.P.L. y S.S. ARTÍCULO 1. APLICACIÓN DE ESTE DECRETO. Los asuntos de que conoce la jurisdicción del trabajo se tramitarán de conformidad con el presente decreto. ARTICULO 2o. COMPETENCIA GENERAL. La Jurisdicción Ordinaria, en sus especialidades laboral y de seguridad socialconoce de: 1. Los conflictos jurídicos que se originen directa o indirectamente en el contrato de trabajo. 2. Las acciones sobre fuero sindical, cualquiera sea la naturaleza de la relación laboral. 3. La suspensión, disolución, liquidación de sindicatos y la cancelación del registro sindical. 4. Las controversias referentes al sistema de seguridad social integral que se susciten entre los afiliados,beneficiarios o usuarios, los empleadores y las entidades administradoras o prestadoras, cualquiera que sea la naturaleza de la relación jurídica y de los actos jurídicos que se controviertan. 5. La ejecución de obligaciones emanadas de la relación de trabajo y del sistema de seguridad social integral que no correspondan a otra autoridad. 6. Los conflictos jurídicos que se originan en elreconocimiento y pago de honorarios o remuneraciones por servicios personales de carácter privado, cualquiera que sea la relación que los motive. 7. La ejecución de las multas impuestas a favor del Servicio Nacional de Aprendizaje, por incumplimiento de las cuotas establecidas sobre el número de aprendices, dictadas conforme al numeral 13 del artículo 13 de la Ley 119 de 1994. 8. El recurso de anulación delaudos arbitrales.
9. El recurso de revisión.
Texto subrogado por la Ley 362 de 1997. ARTÍCULO 2. ASUNTOS DE QUE CONOCE ESTA JURISDICCION. La jurisdicción del trabajo está instituida para decidir los conflictos jurídicos que se originen directa o indirectamente del contrato de trabajo. También conocerá de la ejecución de las obligaciones emanadas de la relación de trabajo; de los asuntossobre fuero sindical de los trabajadores particulares y oficiales y del que corresponde a los empleados públicos; de las sanciones de suspensión temporal y de las cancelaciones de personerías, disolución y liquidación de las asociaciones sindicales; de los recursos de homologación en contra de los laudos arbitrales; de las controversias, ejecuciones y recursos que le atribuya la legislación sobreel Instituto de Seguro Social; y de las diferencias que surjan entre las entidades públicas y privadas, del régimen de Seguridad Social Integral y sus afiliados. Serán también de su competencia los juicios sobre reconocimiento de honorarios y remuneraciones por servicios personales de carácter privado, cualquiera que sea la relación jurídica o motivo que les haya dado origen, siguiendo las normas...
Regístrate para leer el documento completo.