Oficinas de representacion
Las oficinas de representación son autorizada por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, las cuales tiene comoactividad principal promover, informar y negociar las condiciones y demás características de las operaciones de crédito, así como de otras operaciones activas y de inversión que pretenda realizar en elterritorio nacional la entidad financiera del exterior representada, entendiéndose por esta última a aquella que realice en su país de origen, operaciones de banca y crédito.
3. ¿Pueden lasOficinas de Representación captar recursos del público ahorrador?
No, ya que a las Oficinas de Representación les está prohibido llevar a cabo cualquier actividad de intermediación financiera u operaciónque implique la captación de recursos del público, ya sea por cuenta propia o ajena. (Ver Décima de las Reglas).
4. ¿Cuál es la diferencia entre una Oficina de Representación de EntidadesFinancieras del Exterior y una Institución de Crédito?
La diferencia fundamental consiste en que una Oficina de Representación está autorizada únicamente para promover los productos crediticios de la entidadfinanciera del exterior que representa en base al artículo 7 de la Ley de Instituciones de Crédito, mientras que una Institución de Crédito puede realizar cualquier actividad de banca y crédito,conforme a lo que establece el artículo 46 de la Ley de Instituciones de Crédito.
Las Oficinas de representación pueden ser de dos tipos: I. Oficinas de Representación de Entidades Financieras delExterior. Son aquéllas entidades autorizadas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores conforme a la Ley de Instituciones de Crédito y a las Reglas aplicables al establecimiento y operación deoficinas de representación de entidades financieras del exterior a que se refiere el artículo 7° de dicha Ley, las cuales únicamente pueden llevar a cabo las siguientes actividades: * Informar y...
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