Plan de residuos de jerez de la frontera
APARTADO DE RESIDUOS
LIMPIEZA PÚBLICA
TITULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1
1.- Esta Ordenanza Municipal tiene por objeto la regulación de las actividades dirigidas a la limpieza de los espacios públicos y recogida de deshechos y residuos urbanos, para conseguir las adecuadas condiciones de pulcritud yornato urbanos y salubridad pública.
2.- Se consideran espacios públicos y, por tanto, su limpieza de responsabilidad municipal, los paseos, avenidas, calles, plazas, aceras, caminos, jardines y zonas verdes, zonas terrizas, puentes, túneles peatonales y demás bienes de propiedad municipal destinados directamente al uso común general de los ciudadanos.
Se exceptuarán, por su carácterno público, las urbanizaciones privadas, pasajes, patios interiores, solares, galerías comerciales y similares, cuya limpieza corresponde a los particulares, sea la propiedad única, compartida o en régimen de propiedad horizontal. El Ayuntamiento, ejercerá el control de la limpieza de estos elementos.
Artículo 2
A los efectos de incardinación normativa, la regulación se atienea los principios de las Directivas del Consejo 75/442/CEE, 91/156/CEE y 94/62/CE de 20 de diciembre; de la Ley 7/1994, de 18 de mayo, de Protección Ambiental de Andalucía; del Decreto 283/1995, de 21 de noviembre, que aprueba el Reglamento de Residuos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de la Ley 11/1997, de 24 de abril, de Envases y Residuos de Envases y su Reglamento, aprobado por el RealDecreto 782/1998 de 30 de abril, de la Ley 10/1998 de 21 de abril de Residuos, y demás disposiciones aplicables.
Artículo 3
Todos los habitantes de Jerez están obligados, en lo que concierne a la limpieza de la ciudad, a observar una conducta encaminada a evitar y prevenir la suciedad.
TITULO II. LIMPIEZA PÚBLICA
CAPÍTULO 1: VÍAS Y CALLES
Artículo 4La limpieza de las vías públicas y la recogida de residuos procedente de las mismas, se efectuará por el Ayuntamiento en la forma y periodicidad que éste establezca.
El Ayuntamiento podrá indicar anticipadamente la prohibición de aparcar en aquellas calles que su estado de limpieza lo requiera, a fin de efectuar una limpieza de las mismas en días determinados, mediante señalesreglamentarias portátiles en que figure claramente indicada la leyenda "Limpieza Pública" y el día y la hora de la operación.
Artículo 5
1. La limpieza de calles y plazas de dominio particular será a cargo de sus propietarios y deberá efectuarse con la frecuencia necesaria para asegurar su pulcritud.
2. Asimismo, quienes habiten una finca y, subsidiariamente, los propietarios dela misma, tienen la obligación de mantener en constante estado de aseo los patios, jardines y entradas visibles desde la vía pública.
3. Independientemente de las sanciones que se impongan por el incumplimiento de estas obligaciones, el Ayuntamiento podrá disponer que las operaciones de limpieza se ejecuten por el servicio municipal a costa de quienes habiten las fincas y, subsidiariamente,de los propietarios.
Artículo 6
Los propietarios de fincas, viviendas y establecimientos están obligados a mantener en constante estado de limpieza las fachadas y las diferentes partes de los inmuebles que sean visibles desde la vía pública, conservando la estética del edificio, en consonancia con lo exigido en el artículo 19 de la Ley del Suelo y desarrollado en el Plan GeneralMunicipal de Ordenación (P.G.M.O.).
Artículo 7
La limpieza de los escaparates, puertas, toldos o cortinas de los comercios se realizará antes de las 10 horas, siempre sin entorpecer el tráfico y recogiendo los residuos originados.
La limpieza de balcones y terrazas, así como el riego de las plantas, se realizará entre las 21 y las 10 horas.
Artículo 8...
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