Profesionalizacion Vigilancia Avaluos
DE LA ACTIVIDAD VALUATORIA
JAIRO RUBIO ESCOBAR
SUPERINTENDENTE
DE INDUSTRIA Y COMERCIO
Cartagena, Septiembre de 2005
Normatividad
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Constitución Política(artículo 26)
Ley 546 de 1999 (ley de vivienda)
Ley 550 de 1999 (ley de reactivación
empresarial)
Decreto 422 de 2000
Circular Única SIC
Constitución Política
Art. 26.- Libertad de profesiones yoficios.
Toda persona es libre de escoger profesión u oficio.
La ley podrá exigir títulos de idoneidad. Las
autoridades competentes inspeccionarán y vigilarán
el ejercicio de las profesiones. Lasocupaciones,
artes y oficios que no exijan formación académica
son de libre ejercicio, salvo aquellas que impliquen
un riesgo social.
Libertad de profesiones y oficios
• Libertad de escoger profesión uoficio.
• La ley podrá exigir títulos de idoneidad.
• Inspección y vigilancia del ejercicio de las
profesiones.
• Las ocupaciones, artes y oficios que no
exijan formación académica son de libre
ejercicio,salvo aquellas que impliquen un
riesgo social.
Ley 546 de 1999
(Ley de vivienda)
Artículo 50. Avalúos y avaluadores
Ley 546 de 1999
• Los avalúos que se requieran para las
operaciones pasivas yactivas objeto de la ley
de vivienda serán realizados por personas de
una lista cuya integración corresponde
reglamentar a la SIC.
• Sin perjuicio de la competencias del IGAC,
Catastros Municipales yDepartamentales y
Distritales autorizados por la ley;
Ley 546 de 1999
• Los integrantes de la lista estarán sujetos a
requisitos
de
idoneidad
profesional,
solvencia
moral,
independencia
yresponsabilidad fijados por el Gobierno
Nacional.
Ley 550 de 1999
(Ley de Reactivación Empresarial)
Artículos 60, 61 y 62
Ley 550 de 1999 (avalúos)
• Sin perjuicio de la competencias del IGAC y demásautoridades catastrales; el gobierno expedirá un
reglamento que contenga los requisitos que deben
reunir avalúos y avaluadores para:
– Cumplir las disposiciones técnicas específicas
adecuadas al objeto del...
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