Quimica
Contra mencionada decisión, el accionado anunció recurso de casación, el cual fue admitido y oportunamente formalizado. Hubo impugnación sin réplica.
Concluida lasustanciación del recurso, siendo la oportunidad para decidir, pasa la Sala a dictar su máxima decisión procesal, bajo la ponencia del Magistrado que con tal carácter suscribe el presente fallo, y lo hace previas las siguientes consideraciones:
PUNTO PREVIO
En la impugnación a la formalización, se solicita de esta Sala declaratoria de inadmisibilidad del presente recurso de casación, con fundamentoen lo que se transcribe de seguida:
“...Habiendo establecido la Recurrida que el monto del daño causado es la cantidad de un millón de bolívares (Bs. 1.000.000,00) resulta inadmisible, por razón de la cuantía, el Recurso que aquí se ventila y pedimos que así se declare...”.
Sobre el cumplimiento del requisito de la cuantía, para determinar la admisibilidad del recurso de casación,la Sala ha sido constante y pacífica en su doctrina, al señalar que sólo el cuantum especificado en el libelo de demanda como interés principal del juicio, puede ser considerado a los fines de la comprobación de la cuantía suficiente para acceder a casación; salvo que ella haya sido contradicha en la oportunidad de la contestación de la demanda, caso en el cual el juez en su fallo, en forma previa,determinará la cuantía que deberá tomarse en cuenta para todos los efectos procesales que derivan de ella.
Asimismo, se ha dicho que sólo cuando no aparezca inserto en autos el escrito libelar, se podrá recurrir a cualquier documento en el expediente, emanado de funcionario capaz de revestirlo de fé pública, en el cual se pueda deducir cuál es la cuantía del juicio. Este criterio fueestablecido por la Sala en sentencia N° 352, de fecha 2 de noviembre de 2000, con ponencia del Magistrado que con tal carácter suscribe esta, caso Freddy Mezerhane Gosen contra Seguro La Federación, expediente 99-743, señalándose:
“...A pesar de la determinación tomada en el caso en particular, esta Sala, habiendo sido penetrada en serias dudas sobre la extrema formalidad de la doctrina vigente,aplicada en el sub iudice, considera que su inflexibilidad, choca con la naturaleza intrínseca del principio de exhaustividad de la sentencia, que impone al juzgador el deber de pronunciarse sobre todas las alegaciones y peticiones de las partes, realizando el análisis íntegro sobre las actas del proceso, contraviniendo igualmente elalcance del artículo 12 del Código de Procedimiento Civil, de cuyotexto se desprende, por interpretación contraria, que los elementos de convicción para que el juez pueda conformar su decisión, únicamente puede extraerlos de los autos; del mismo modo, el criterio restringido que inveteradamente hasta ahora se ha sostenido con relación a que, es el libelo de la demanda el único instrumento esencial para determinar el requisito de la cuantía indispensable para...
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