Real decreto 1299/2006 (cuadroo de enfermedades profesionales)

Páginas: 96 (23770 palabras) Publicado: 21 de marzo de 2011
BOE núm. 302

Martes 19 diciembre 2006

44487

Disposición transitoria única. Cómputo del plazo. Para el personal actualmente destinado en las unidades de la Agrupación de Reserva y Seguridad indicadas en el punto 1 del apartado tercero se tendrá en cuenta, para la consecución del plazo de cinco años ininterrumpido, el tiempo que lleve en la misma, si bien sólo se le computará para adquirirtal derecho un año por cada tres de destino real, no pudiendo sumar por esta circunstancia más de tres años. Disposición derogatoria única. Derogación normativa. Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en la presente Orden. Disposición final primera. Modificación de la Orden de 29 de octubre de 2001 por la que desarrolla la estructura orgánicade los servicios centrales de la Dirección General de la Guardia Civil. Se modifica el artículo 6.2.a) de la Orden de 29 de octubre de 2001, por la que se desarrolla la estructura orgánica de los servicios centrales de la Dirección General de la Guardia Civil, para sustituir la denominación «Agrupación Rural de Seguridad» por la de «Agrupación de Reserva y Seguridad». Disposición final segunda.Entrada en vigor. La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Madrid, 11 de diciembre de 2006.–El Ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba.

Al objeto de dar una mayor coherencia a las competencias de la Junta de Contratación con su función de órgano de contratación y por razones de organización, procede modificar la citadaOrden de 14 de marzo de 2001 eliminando la limitación de la cuantía expresada en su apartado cuarto. 1 y, en consecuencia, atribuir a la Junta la gestión de los contratos con independencia de su importe. En su virtud, con la aprobación previa del Ministro de Administraciones Públicas, dispongo: Primero. Modificación de la Orden del Ministro de Fomento de 14 de marzo de 2001, por la que se regulan lacomposición y funciones de la Junta de Contratación, la Comisión de Retribuciones y la Comisión de Informática del Ministerio de Fomento. El punto 1 del apartado cuarto de la Orden del Ministro de Fomento de 14 de marzo de 2001, por la que se regulan la composición y funciones de la Junta de Contratación, la Comisión de Retribuciones y la Comisión de Informática del Ministerio de Fomento, quedaredactado en los siguientes términos: «1. La Junta de Contratación será el órgano de contratación en los siguientes contratos, siempre que no se refieran a las competencias específicas de las Direcciones Generales Sectoriales: a) En los de obras de reparación simple o de conservación y mantenimiento. b) En los de suministro que se refieran a bienes consumibles o de fácil deterioro por el uso. c) Enlos de consultoría y asistencia y en los de servicio, siempre que unos y otros no estén relacionados con contratos ajenos a la competencia de la Junta.» Segundo. Entrada en vigor. Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

MINISTERIO DE FOMENTO
22168
ORDEN FOM/3845/2006, de 5 de diciembre, por la que se modifica la Orden de 14 de marzode 2001, por la que se regulan la composición y funciones de la Junta de Contratación, la Comisión de Retribuciones y la Comisión de Informática del Ministerio de Fomento.

Madrid, 5 de diciembre de 2006.–La Ministra de Fomento, Magdalena Álvarez Arza.

MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES
22169
REAL DECRETO 1299/2006, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el cuadro de enfermedadesprofesionales en el sistema de la Seguridad Social y se establecen criterios para su notificación y registro.

La Orden del Ministro de Fomento de 14 de marzo de 2001, reguló la composición de la Junta de Contratación, estableciendo en su apartado cuarto sus funciones como órgano de contratación en determinados contratos, con el límite de 500.000.000 de pesetas (3.005.060,5 euros). Como...
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