Reformas Al Decreto No. 51 Del Còdigo Procesal Penal

Páginas: 11 (2534 palabras) Publicado: 22 de agosto de 2011
REFORMAS AL DECRETO NÚMERO 51-92 DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA, CÓDIGO PROCESAL PENAL
Artículo 1. Se reforma el artículo 5, el cual queda así:
"Artículo 5. Fines del proceso. El proceso penal tiene por objeto la averiguación de un hecho señalado como delito o falta y de las circunstancias en que pudo ser cometido; el establecimiento de la posible participación del sindicado; el pronunciamientode la sentencia respectiva, y la ejecución de la misma. La víctima o el agraviado y el imputado, como sujetos procesales, tienen derecho a la tutela judicial efectiva. El procedimiento, por aplicación del principio del debido proceso, debe responder a las legítimas pretensiones de ambos."

Artículo 2. Se reforma el artículo 43, el cual queda así:
“Artículo 43. Competencia. Tienen competencia enmateria penal:
1) Los jueces de paz;
2) Los jueces de primera instancia;
3) Los jueces unipersonales de sentencia;
4) Los tribunales de sentencia;
5) Los jueces de primera instancia por procesos de mayor riesgo;
6) Tribunales de sentencia por procesos de mayor riesgo;
7) Las salas de la corte de apelaciones;
8) La Corte Suprema de Justicia; y,
9) Los jueces de ejecución."

Artículo 3.Se reforma el artículo 48, el cual queda así:
"Artículo 48. Jueces y tribunales de sentencia. Los tribunales de sentencia, integrados con tres jueces, de la misma sede judicial, conocerán el juicio y pronunciarán la sentencia respectiva en los procesos por delitos contemplados en el artículo 3 del Decreto Número 21-2009 del Congreso de la República, cuando el Fiscal General no solicite el trasladode la causa a un tribunal o juzgado para procesos de mayor riesgo.
Los jueces que integran el tribunal de sentencia conocerán unipersonalmente de todos los procesos por delitos distintos a los de mayor riesgo y que no sean competencia del tribunal colegiado."

Artículo 4. Se adiciona el artículo 107 Bis, el cual queda así:
"Artículo 107 Bis. Auxiliares fiscales. Los auxiliares fiscales quesean abogados, pueden intervenir en todas las instancias del proceso penal sin restricción alguna y sin el acompañamiento del agente fiscal."

Artículo 5. Se adiciona un segundo párrafo al artículo 108, el cual queda así:
“En el ejercicio de su función, y en un plazo no mayor de quince días de recibida la denuncia, el Ministerio Público debe informar a la víctima de lo actuado y sobre la posibledecisión a asumir. La víctima que no sea informada en dicho plazo puede acudir a juez de paz para que éste requiera en la forma más expedita que, en cuarenta y ocho horas, el fiscal le informe sobre el avance del proceso. Si del informe o ante la falta de éste, el juez de paz considera insuficiente la preparación de la acción penal, ordenará al fiscal que dentro de un plazo no mayor de treinta(30) días le informe de nuevos avances, o en su defecto sobre las circunstancias que impiden que no pueda avanzar más en la investigación, bajo apercibimiento de certificar al régimen disciplinario del Ministerio Público el incumplimiento, constituyendo falta grave."

Artículo 6. Se adiciona el artículo 108 Bis, el cual queda así:
"Artículo 108 Bis. Facultades. El Ministerio Público, al recibir ladenuncia o el requerimiento judicial de informe a que se refiere el artículo anterior, puede pedir al juez de paz del lugar donde se cometió el hecho delictivo, que practique las actuaciones contenidas en las literales a) a la d) del artículo 552 Bis del Código Procesal Penal. La solicitud del fiscal es la condición procesal para que el juez de paz pueda practicar las actuaciones de las literalesdescritas. Los centros de mediación de la Unidad de Resolución Alterna de Conflictos del Organismo Judicial, podrán practicar diligencias de mediación, en los casos que le sean requeridos por el Ministerio Público. Los acuerdos de mediación alcanzados ante estas instancias constituirán título ejecutivo, en su caso, sin necesidad de homologación.”

Artículo 7. Se reforma el artículo 124, el...
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