Responsabilidad penal
Al llegar el herido al centro hospitalario, tras realizarle lasprimeras intervenciones medicas de urgencia, fue internado en la UVI, donde al presentar fiebre desde el primer día, como consecuencia de una peritonitis, fue reintervenido el día 29 de septiembre de 2008, operación durante la cual se temió por su vida, si bien se logró estabilizar al paciente.
Como consecuencia de la peritonitis aguda que padecía no se puedo impedir que el día 16 de octubrede 2008 se produjera un fracaso multiorgánico y se presentare una fibrilación ventricular, con parada cardiaca que, pese al masaje practicado, determinó su fallecimiento. (STS de 25 de enero de 1991)
Determinar la responsabilidad penal de Rafael, teniendo en cuenta entre otros, los arts. 138, 142, 147, 152, 563 CP.
*Nota: Se recomienda para una de las partes de la resolución de estecaso la lectura de la lección correspondiente al concurso de delitos.
RESOLUCION
Lo primero a determinar sería considerar que el comportamiento consistente en disparar, llevado a cabo por Rafael constituye acción, puesto que cuando Rafael realiza este comportamiento, está consciente y no se encuentra condicionado físicamente de manera necesaria. No concurre ninguna causa que excluya laacción como el acto reflejo, la fuerza física irresistible o el estado de inconsciencia.
Una vez confirmada la existencia de acción, había que analizar la descripción que de dicha acción hace el Código penal. Es decir, analizar la tipicidad de dicha acción.
El tipo penal en el que se podría subsumir el comportamiento realizado por Rafael es el del delito de homicidio imprudente regulado porel CP en el art. 142.1 y 142.2 En sede de tipicidad, distinguimos entre dos planos, la objetiva y la subjetiva.
Dentro de la objetiva, se debe tener en cuenta que el delito de homicidio imprudente es un delito de resultado, en la medida en que el tipo penal que lo regula exige la presencia de un comportamiento, en este caso, disparar, y de un resultado, la muerte del sujeto.
Comportamiento yresultado suceden en momentos cronológicos diferentes y son conceptualmente distintos. Por ello hay que comprobar que el primero fue causa del segundo.
Es preciso analizar en primer lugar la relación de causalidad entre el disparo y la muerte de Jesús. A efectos de confirmar este nexo causal, se debe utilizar la teoría de la equivalencia de las condiciones. Según esta teoría un comportamientose puede considerar causa de un resultado si suprimido mentalmente, hace desaparecer el resultado tal y como este en concreto se produjo. En este sentido, si suprimimos el disparo que Rafael lleva a cabo, el resultado consistente en la peritonitis seguida de fracaso multiorgánico y muerte de Jesús no se había producido.
Establecida la relación de causalidad es preciso analizar la imputación...
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