Sentencia laboral

Páginas: 18 (4390 palabras) Publicado: 22 de octubre de 2010
EXPEDIENTE:

DEMANDANTE:

DEMANDADO:

MATERIA:

JUEZ:

ESP. LEGAL:

00349 - 2008- 0 - 1706 - JR - LA - 03°.

LAURA ELIZABETH CALLIRGOS ESTELA

DERRAMA DE RETIRADOS DEL SECTOR EDUCACION- DERESE

PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES Y OTROS.

LUIS MIGUEL DELGADO CASTRO.

OLGA MIREYA COLLAO LIMO

SENTENCIA N° 094 - 2010

CHICLAYO, QUINCE DE JUNIODEL DOS MIL DIEZ.

RESOLUCIÓN NÚMERO: VEINTE

VISTOS; Resulta de autos que doña LAURA ELIZABETH CALLIRGOS ESTELA interpone demanda de Impugnación Pago de Beneficios Sociales contra la DERRAMA DE RETIRADOS DEL SECTOR EDUCACION- DERESE a fin de que:

a) se le pague el reintegro de sus remuneraciones desde junio del 2003 hasta diciembre del 2006; b) se le pagueindemnización por vacaciones no gozadas, por el periodo junio del 2003 a junio del 2007; c) se le pague Gratificaciones de julio y diciembre desde el año 2003 hasta el 2008; d) se le pague vacaciones truncas por periodo 2008; e) se le pague Compensación por Tiempo de Servicios por el periodo 2003 al 2008; f) se le entregue la póliza de seguro de vida; g) se le entregue certificado de trabajo; h) Seordene el pago de derechos previsionales; i) se ordene el pago de indemnización por despido arbitrario; j) intereses legales, moratorios y compensatorios; y k) se le pague costas y costos de proceso; por un monto ascendente a la suma de VEINTICINCO MIL CIEN Y 64/100

NUEVOS SOLES; ampara su pretensión la accionante en que ingresó laborar para la DERRAMA DE RETIRADOS DEL SECTOR EDUCACION-DERESE desde el 02 de junio del 2003 hasta el 01de Abril del 2008 por un lapso de cuatro años, 09 meses y 29 días, en el cargo de SECRETARIA DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA BASE ESTRUCTURAL DE LAMBAYEQUE; con una última remuneración de QUINIENTOS CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES; que, con fecha 01 de Abril del 2008, manifiesta que la demandada procedió a despedirlo en forma arbitraria e injustificada, antelo que procedió a solicitar el pago de la liquidación de sus beneficios sociales; por corresponder como trabajador; que, pese a que en reiteradas oportunidades ha solicitado a la demandada cumpla con cancelar los beneficios sociales la demandada se ha negado; por lo que recurre a esta judicatura solicitando tutela jurisdiccional efectiva; ampara jurídicamente su pretensión en el artículo 16° delDecreto Supremo 02-92-TR, en la Ley 27735, en el Decreto Legislativo 650 y su Reglamento 001-97-TR, Decreto Legislativo 713, Ley Procesal Laboral 26636, Decreto Legislativo 728 y su reglamento Decreto Supremo 003-97-TR, Decreto Legislativo 688 y demás normas pertinentes; por Resolución número dos, su fecha 14 de mayo del 2008 se admite a trámite la demanda vía proceso ordinario y se confieretraslado a la Demandada; con escrito de fecha 11 de Junio del 2008, que obra en folios 153 al 157, los representantes de la demandada, los señores HERMILIO CALDERÓN LOAIZA y VLADIMIR ROMERO MONTOYA, contestan la demanda; por resolución N° tres, de fecha diecisiete de junio del 2008,se resuelve declarar improcedente la contestación de demanda por extemporánea y -como consecuencia declarar REBELDE ala demandada y se señala fecha para la audiencia única, mediante escrito de fecha 04 de julio del 2-008, de fojas 167 al 168, los representantes de la demandada solicitan la nulidad de la Resolución tres; conforme aparece del Acta de Audiencia Única, de fecha veinticuatro de julio del 2008, contando con la concurrencia del accionante doña LAURA ELIZABETH CALLIRGOS ESTELA, y dejando constancia dela inconcurrencia de la parte demandada, DERRAMA DE RETIRADOS DEL SECTOR EDUCACION- DERESE, esta última en calidad de rebelde, se procedió a resolver mediante Resolución cinco, expedida en audiencia única, la nulidad planteada por los representantes de la demandada, obrante en fojas 167 al 168, se resuelve infundada la nulidad; al Saneamiento del Proceso, a la Conciliación que no prosperó por...
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