Sentencia c 525

Páginas: 30 (7417 palabras) Publicado: 14 de abril de 2010
CONSEJO DE ESTADO

SALA PLENA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

CONSEJERA PONENTE: Dra. MARÍA INÉS ORTIZ BARBOSA

Bogotá D.C., junio primero (1") de. dos mil cuatro (2004).

Referencia: Expediente No. S-645
Radicación:
Actor: JESÚS GUSTAVO CANTILLO MACEA
EXTRAORDINARIO DE SÚPLICA

Se decide el recurso extraordinario de súplica interpuesto contra la sentencia del 17 de agostode 2000, proferida por Ia Sección Secunda - Subseccíón "B" del Consejo de Estado.

ANTECEDENTES

La demanda

JESÚS GUSTAVO CANTILLO MACEA; por intermedio de apoderado y en ejercicio de la acción consagrada en el artículo 85 del C.C.A., demandó del Tribunal ¡Adminístralo de Risaralda la nulidad de. la Resolución No. 016324 del 7 de noviembre de 1995 expedida por el Director General de laPolicía Nacional, por medio de la cual lo retiró del servicio activo de la Institución.

Expresa que el demandante que prestó sus servicios a la Policía Nacional con honestidad, lealtad y eficiencia por más de 8 años, y previo el cumplimiento riguroso de todos los requisitos exigidos por la Ley.

Fue separado del servicio activo, por razones del servicio, por voluntad de la Dirección General, sinmotivar la decisión y sin recomendación previa de su Comandante inmediato y sin evaluación de su hoja de vida policial.

Tampoco esta demostrado que el actor ejerciera actos de corrupción en la Institución Policial. No violó los reglamentos ni la Ley, simplemente se limitó a trabajar como se demuestra en su extracto de folio de vida. Tampoco fue condenado con sentencias judiciales o fallosdisciplinarios debidamente ejecutoriados para que lo incluyeran en la lista para la aplicación del Decreto 132.

Se incluyó en la lista avalada por el Director General de la Policía Nacional como consecuencia de las afirmaciones del señor Director General de la Policía Nacional por corrupción, como se demuestra con las declaraciones que rindiera en un
noticiero, según las cuales los retirosobedecieron a la corrupción y la previa recomendación del Comité es infundada, pues no expresa las razones concretas, circunscribiéndose a que se trata de razones del servicio que todo engloba y nada concreto dice.

Extraña, que el Comité de Evaluación en un sólo día, o en unas pocas horas, evaluara la conducta de todos ellos y tomara una decisión. En consecuencia, el estudio de las hojas de vida nofue tan profundo.

No se le permitió el ejercicio del derecho de contradicción que deben inspirar las actuaciones de la administración y se atenta contra su derecho de defensa.

Concluye expresando que la Dirección General no cumplió con el procedimiento establecido en el artículo 67 del Decreto 132 de 1995, incurriendo en expedición irregular del acto administrativo del retiro.

En elconcepto de violación, señala que en conclusión, el acto administrativo carece de presunción de legalidad, por lo siguiente:

• Al actor se le retiró por la vía del artículo 67 del Decreto 132 de 1995, sin ninguna explicación, soslayando el principio de contradicción que debe inspirar las actuaciones de la administración y se atentó contra el derecho al debido proceso y defensa.
• Se actuó condesviación de poder, pues se transformó la facultad discrecional, contemplada en el artículo 67 antes citado, por la facultad sancionadora, juzgando y sentenciando antes de que se inicie la investigación.
• Carencia de sustento legal en la motivación del acto acusado, pues la recomendación del Comité de Evaluación no supone un juicio previo o análisis de las circunstancias y condiciones personales,sociales y profesionales del personal del nivel ejecutivo que lleve a concluir sobre la conveniencia o inconveniencia del retiro.
• La disposición legal, al darle la facultad discrecional a la Dirección General, para retirar del servicio activo al personal del nivel ejecutivo de la Policía Nacional con cualquier tiempo de servicio, le impuso la obligación de motivar los actos administrativos en...
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