Sentencias

Páginas: 58 (14275 palabras) Publicado: 19 de octubre de 2011
EXPEDIENTE N° 00-23598 
MAGISTRADO PONENTE: PERKINS ROCHA CONTRERAS 

En fecha 5 de septiembre de 2000, se dio por recibido en esta Corte el oficio N° 2483-00, de fecha 25 de agosto del mismo año, emanado del Tribunal de la Carrera Administrativa, anexo al cual remitió expediente contentivo de la pretensión de amparo constitucional interpuesto por el ciudadano Oscar Alexander Parra, inscritoen el Inpreabogado bajo el N° 38.544 y de cédula de identidad N° 5.665.025, actuando en su propio nombre y representación, contra el ciudadano Luis Oblitas, en su carácter de Director General de Personal del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. 

Tal remisión se efectuó en virtud de haberse oído en un solo efecto la apelación interpuesta por el ciudadano Luis Oblitas, asistido por losabogados José Lorenzo Rodríguez y Guillermo Maurera, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 14.250 y 49.610, respectivamente, contra la sentencia dictada por el Tribunal de la Carrera Administrativa en fecha 12 de mayo de 2000, en la cual se declaró con lugar la acción de amparo incoada por el ciudadano Oscar Alexander Parra. 

En fecha 8 de septiembre de 2000, se dio cuenta a la Corte y sedesignó ponente al Magistrado Pier Paolo Pasceri, a los fines de dictar la decisión correspondiente. 

Reconstituida la Corte el día 15 de septiembre del mismo año y juramentada su nueva Directiva en fecha 29 de enero de 2001, la misma quedó constituida de la siguiente manera: PERKINS ROCHA CONTRERAS, Presidente; JUAN CARLOS APITZ BARBERA, Vicepresidente; EVELYN MARRERO ORTIZ, LUISA ESTELLA MORALESLAMUÑO y ANA MARIA RUGGERI COVA, reasignándose la ponencia al Magistrado que con tal carácter suscribe el presente fallo. 

Realizado el estudio individual de las actas procesales que conforman el presente expediente, pasa esta Corte a dictar sentencia con base en las siguientes consideraciones: 


DE LA PRETENSIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL 

El recurrente fundamentó su pretensión deamparo en los siguientes argumentos: 

Que en fecha 10 de enero de 2000, presentó su renuncia formal al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y la cual le fue recibida por el órgano competente para ello. 

Que una vez recibida dicha renuncia, el 20 de enero del mismo año solicitó por ante el Director General de Personal del Ministerio de Educación, hoy Ministerio de Educación, Cultura yDeportes, el pago de las prestaciones a las que tenía derecho, con base en los artículos 51 y 92 de la novísima Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, referentes a la inmediata exigibilidad del pago de las prestaciones sociales a quien las solicite y le corresponda. 

Que de dicha solicitud no había obtenido respuesta, lo cual violaba su derecho constitucional a obtener oportunarespuesta ante su petición de pago de prestaciones sociales, por lo cual solicitaba que el Tribunal supliera tal abstención proveyendo el tramite omitido por la administración. 

En virtud de lo anterior, consideró vulnerados los derechos constitucionales contenidos en los artículos 49, 51 y 92 de la Carta Magna, lo cual sirvió de base para la interposición del presente recurso de amparoconstitucional. 

II 
DEL FALLO APELADO 

El Tribunal de la Carrera Administrativa dictó sentencia en fecha 12 de mayo de 2000, mediante la cual declaró con lugar la solicitud de amparo, con base en las siguientes consideraciones: 

Que de los autos que conforman el expediente no constaba que el Director General de Personal hubiese realizado las gestiones pertinentes para realizar el pago de lasprestaciones sociales del recurrente. 

Que en virtud de la inmediatez que establece el artículo 92 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela para el pago de las prestaciones sociales, al no hacerlo el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes, había violado por órgano de su Director General de Personal, un derecho de rango constitucional, lo cual hacía procedente la acción de...
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