sociedad anonima
TRABAJO PRÁCTICO
Materia
: Derecho
Integrantes
: Castaño Karen
Gamarra Sofia
Gonzalez Aldana
Lavega Micaela
Sosa Rocío
Temas
: Sociedades Anónimas
En comandita simple
Cooperativas
Profesor
: Jorge Benvenuto
1
SOCIEDADES ANÓNIMAS
La sociedad anónima: Es aquella sociedad mercantil cuyos titulares lo son
en virtud de una participación en el capital social a través de títulos o
acciones. Las acciones pueden diferenciarse entre sí por su distinto valor
nominal o por los diferentes privilegios vinculados a éstas, como por ejemplo la percepción de un dividendo mínimo. Los accionistas no
responden con su patrimonio personal de las deudas de la sociedad, sino
únicamente hasta la cantidad máxima del capital aportado. Existen
sociedades anónimas tanto de capital abierto como de capital cerrado.
La denominación de las sociedades anónimas puede ser subjetiva (en la
que se incluye total o parcialmente el nombre o el seudónimo de una persona, siempre que ésta preste su consentimiento) u objetiva (haciendo
referencia a una o varias actividades económicas) o ser de fantasía.
2
Denominación social:
La denominación de la sociedad anónima suele formarse libremente,
pero debe ser necesariamente distinta de la de cualquiera otra sociedad y
suele incluir la frase "Sociedad Anónima", un equivalente o su abreviatura. Para ciertas áreas económicas u objetos sociales, puede exigirse incluir
una denominación especial, como por ejemplo "Banco" si la sociedad
anónima tiene ese giro. Cuando se trate de sociedades cuyas actividades
sólo pueden desarrollarse, de acuerdo con la ley, por sociedades
anónimas; el uso de la indicación o de las siglas es facultativo, y así es mejor comprendido. La denominación de las sociedades anónimas puede
ser subjetiva (en la que se incluye total o parcialmente el nombre o el
seudónimo de una persona, siempre que ésta preste su consentimiento) u
objetiva (haciendo referencia a una o varias actividades económicas) o ser
de fantasía.
En Argentina, la sociedad anónima está regulada por la Ley
19.550 de Sociedades Comerciales,3 publicada en el Boletín Oficial con
fecha 25 de abril de 1972.
En la denominación de la sociedad debe figurar
necesariamente la indicación
Sociedad Anónima
o su abreviatura
S.A
.
Número de socios
:
Sociedad Anónima (SA): se constituye con mínimo 5 socios y un máximo
ilimitado, los cuales, como en el caso anterior responden máximo hasta el
monto de sus aportes.
La constitución de una sociedad anónima establece la responsabilidad legal de la organización por separado, y limita la de los integrantes o
agentes individuales. Durante un tiempo se condenó la responsabilidad
limitada considerándola una transgresión de la responsabilidad individual;
pero este nuevo artificio era útil a muchos, y las objeciones basadas en el
concepto de obligación pronto fueron superadas. La Junta General de Accionistas, también denominada Asamblea General
de Socios, es la encargada, entre otras funciones, de elegir a los
administradores de la sociedad, pero todo eso en un plazo de dos meses.
3
Es la reunión de los accionistas de la sociedad y es el órgano máximo de
esta. Ante ella pueden actuar los accionistas por sí mismos o
representados mediante poder otorgado por documentos públicos o
privados.
Capital en las sociedades anónimas:
El capital de las sociedades anónimas se divide en acciones de igual valor
y se representan por un título negociable.
El capital de la sociedad anónima comprende el
capital autorizado, suscrito
y pagado
.
Al momento de constituir la empresa, se debe suscribir como mínimo el
50% del capital autorizado, y pagarse como mínimo la tercera parte del ...
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