Trabajos
Art. 56. Asientos. Con fundamento en comprobantes debidamente soportados, los hechos económicos se deben registrar en libros en idiomacastellano, por el sistema de partida doble.
Pueden registrarse varias operaciones homogéneas en forma global, siempre que su resumen no supere las operaciones de un mes.
Las operaciones deben registrarsecronológicamente. Sin perjuicio de lo dispuesto en normas especiales, los asientos respectivos deben hacerse en los libros a mas tardar en el mes siguiente a aquel en el cual las operaciones sehubieren realizado.
Dentro del término previsto en el inciso anterior, se deben resumir los movimientos débito y crédito de cada cuenta y establecer su saldo.
Cualquier error u omisión se debe salvarcon un nuevo asiento en la fecha en que se advirtiere.
Art. 57. Verificación de las afirmaciones. Antes de emitir estados financieros, la administración del ente económico debe cerciorarse que secumplen satisfactoriamente las afirmaciones, explícitas e implícitas, en cada uno de sus elementos.
Las afirmaciones que se derivan de las normas básicas y de las normas técnicas, son lassiguientes:
Existencia _ los activos y pasivos del ente económico existen en la fecha de corte y las transacciones registradas se han realizado durante el período.
Integridad _ todos los hechoseconómicos realizados han sido reconocidos.
Derechos y obligaciones _ los activos representan probables beneficios económicos futuros (derechos) y los pasivos representan probables sacrificios económicosfuturos (obligaciones), obtenidos o a cargo del ente económico en la fecha de corte.
Valuación _ todos los elementos han sido reconocidos por los importes apropiados.
Presentación y revelación...
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