Tratados nacionales
NOMBRE DEL INSTRUMENTO INTERNACIONAL
Convención de Belem Do Pará, adoptado en Belem Do Para el 9/junio/1994. (Vigente) Convención Interamericana paraPrevenir, Sancionar y Erradicar la violencia contra la Mujer (CEDAW), adoptado en Nueva York, el 18/diciembre/1979. (Vigente)
RATIFICADO POR MÉXICO
12 /noviembre /1998 23/marzo/1981
ENTRADA ENVIGOR
15/diciembre/1998 3 / septiembre /1981
PUBLICADO EN EL D. O.
19/enero/1999 12 /mayo / 1981
RESERVAS
Declaración Interpretativa: “Al suscribir, al referéndum, la Convención sobre todaslas formas de Discriminación contra la Mujer, abierta a firma por la Asamblea General de las Naciones Unidas, el 18 de diciembre de 1979, el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos declara, que sedeberá entender que las disposiciones de esta Convención que corresponden esencialmente, con lo previsto por la legislación mexicana se aplicarán en la República, conforme a las modalidades yprocedimientos prescritos por esta legislación y que el otorgamiento de prestaciones, materiales que pudiesen resultar de la Convención se harán en la medida que lo permitan los recursos con que cuenten losEstados Unidos Mexicanos”.
Protocolo Facultativo de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer. (CEDAW), adoptado en Nueva York, el 6/octubre/1999.(Vigente). Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, adoptado en Nueva York, el 16/diciembre/1966. (Vigente)
15/marzo/ 2002
15/ junio / 2002
3 / mayo / 2002
23/ marzo/198123 / junio / 1981
20 /mayo / 1981
Artículo 9, párrafo 5. De acuerdo con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y sus leyes reglamentarias, todo individuo goza de las garantíasque en materia penal se consagran, y en consecuencia, ninguna persona podrá ser ilegalmente detenida o presa; sin embargo, si por falsedad en la denuncia o querella, cualquier individuo sufre un...
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